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Articulado
proclamado en el Art. 13 de la DUDH no le corresponde la que no tenga la nacionalidad española o no la haya obtenido
obligación de ningún Estado de acogerlo, lo que supone que conforme a las normas del Código Civil (Art. 17 a 26) o a las
el extranjero no tiene el derecho a entrar y permanecer en el leyes especiales y tratados en materia de nacionalidad
territorio de un Estado concreto de su elección si éste Estado suscritos por España.
no se lo reconoce expresamente.
Por otro lado, entre los extranjeros, la LOEx
Por consiguiente, cada Estado ha regulado, en base a su reconoce un estatus diferente a los extranjeros nacionales de
propia soberanía, el régimen de residencia, circulación y los Estados miembros de la Unión Europea, o de países
expulsión de los extranjeros, mediante normas internas dónde sea de aplicación el régimen comunitario de la Unión
propias. Europea , de aquellos extranjeros que no lo son, siendo de
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aplicación a los primeros la LOEx sólo en aquellos aspectos
2.2 La normativa española de extranjería que pudieran ser más favorables. 5
En este sentido, el artículo 13 de la Constitución 3.2 Las situaciones de los extranjeros en España
establece el marco normativo de la extranjería en España, al
proclamar que los extranjeros gozarán en España de las Los extranjeros pueden encontrarse en España en
libertades públicas reconocidas en el Título I, “en los situación regular o irregular.
términos que establezcan los tratados y la Ley ” . Por
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otro lado, el Art. 149.1 2ª de la CE reserva al Estado “la Se encuentran en situación regular los extranjeros
competencia exclusiva en materia de nacionalidad, que se hallen en España en situación de estancia o residencia,
inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo”. según dispone el Art. 29 de la LOEx.
A partir de este marco constitucional, la legislación La situación de estancia es la que permite al
de extranjería vigente en España está constituida por la Ley extranjero permanecer en territorio español por un periodo
Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades máximo de 90 días en un periodo de seis meses, o por el
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de los Extranjeros en España y su integración social , (en periodo de duración del curso escolar, si se trata de un
adelante LOEx). estudiante extranjero que se ha matriculado en España, o por
el periodo necesario en caso de estancia para visita médica,
Esta Ley ha sido desarrollada reglamentariamente tratamiento o transplante. Transcurrido el periodo de
por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, (en estancia, el extranjero deberá abandonar el país u obtener
adelante Reglamento de la LOEx). una prórroga de la estancia o un permiso de residencia, si
quiere continuar en situación regular en España .
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3. El concepto de extranjero y las situaciones
3. EL CONCEPTO DE EXTRANJERO Y LAS SITUACIONES EN
en que se puede encontrarse España
QUE PUEDE ENCONTRARSE EN ESPAÑA La situación de residencia es en la que están los
extranjeros que han obtenido un permiso de residencia
3.1 El concepto de extranjero temporal o permanente en España.
El artículo 1 de la LOEx define quien ostenta la La residencia temporal autoriza al extranjero a
condición de extranjero en clave negativa: “Se consideran permanecer en España por un periodo superior a 90 días e
extranjeros, a los efectos de la aplicación de la presente Ley, inferior a cinco años y puede comportar, en algunos
a los que carezcan de la nacionalidad española”, todo ello sin supuestos, la autorización para trabajar.
perjuicio de lo establecido en leyes especiales y en los
Tratados Internacionales en los que España sea parte. La residencia permanente autoriza al extranjero a
residir en España indefinidamente y a trabajar en igualdad de
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De esta forma, es extranjero en España, todo aquel condiciones que los españoles . Esta situación implica el
1 La STC 117/1993, de 29 de marzo, ya estableció, en relación a los límites admisibles del desarrollo del Art. 13 CE, que el derecho a la libre circulación de los extranjeros
puede quedar limitado y condicionado a la residencia legal.
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El Tribunal Constitucional ha delimitado el alcance de este artículo, por lo que se refiere a los derechos de los extranjeros, en las sentencias: STC 107/1984, STC
236/2007, STC 259/2007, STC 260/2007 y STC 261/2007.
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Ley orgánica que ha sido modificada en tres ocasiones posteriores: por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre; por la Ley Orgánica 11/2003, de 29 de septiembre
y por la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre. Desde el 1 de julio de 2009 está en trámite parlamentario un nuevo proyecto de reforma de esta Ley.
4 Régimen jurídico especial para estos nacionales que se fundamenta en el concepto de “ciudadanía de la Unión” que instituye el tratado de Maastricht de 1992 y
consolida el Tratado de Ámsterdam de 1997 (en vigor desde mayo de 1999). Se regula en el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia
en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo (EEE).
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Art. 1.3 de la LOEx. El estatus privilegiado de los nacionales de la Unión Europea les sitúa en igualdad de trato que los nacionales por lo que respecta al derecho a la
libre circulación y residencia, así como al derecho al sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales del Estado miembro en que residen.
6 Artículos 30 y 33 de la LOEx.
7 Artículos 31 y 32 de la LOEx.
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