Page 17 - infancia_juventud_y_ley-2
P. 17

Articulado
        han  sido  avaladas  finalmente  por  dos  importantísimas  residencia no supondrá obstáculo para el acceso del menor
                                            31
        sentencias del Tribunal Constitucional . A través de las  a  aquellas  actividades  o  programas  de  educación  o
        mismas, el Tribunal Constitucional:                   formación que, a criterio de la entidad de protección de
                                                              menores competente, redunden en su beneficio”, (inciso éste
               1.      Enfatiza  la  relevancia  constitucional  que  un  tanto  superfluo  si  consideramos  la  residencia  de  los
        tiene el derecho del menor, que esté en condiciones de  menores tutelados como legal a todos los efectos).
        formarse  un  juicio  propio,  a  ser  escuchado  en  todo
        procedimiento administrativo o judicial, bien directamente   En probable que ningún precepto de la Ley haya
        o,  en  su  caso,  a  través  de  un  representante  u  órgano  sido, como éste sobre la documentación de los menores no
        adecuado.                                             acompañados, tan reiteradamente incumplido. La actuación
                                                              de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad
               2.      Proclama el derecho del menor extranjero  (tanto de control como de tutela) se hallan estos niños, han
        no acompañado tutelado públicamente (no emancipado) a  dado muestras de una falta de diligencia más que notable a la
        instar judicialmente, incluso en contra de la voluntad de su  hora  de  documentar  a  los  menores  extranjeros  no
        tutor legal, la revisión de una decisión administrativa que,  acompañados. El Informe del Defensor del Pueblo del año
        como la de repatriación, le afecta tan directamente a su esfera  2008 es contundente: “[…] Las disfunciones y la falta de
        personalísima.  A  estos efectos  admite, bien  la  capacidad  eficacia de la actuación de la Administración General del
        directa del menor que tenga condiciones de madurez y juicio  Estado  y  de  las  comunidades  autónomas  para  el
        suficiente  para  ejercer  por  sí  mismo  la  defensa  de  sus  cumplimiento del mandato legal, previsto en el artículo 35.4
        derechos e intereses legítimos en vía jurisdiccional o, en su  de  la  Ley  de  extranjería,  de  documentar  con  una
        defecto, admite la posibilidad de contar con un defensor  autorización de residencia al menor extranjero tutelado por
        judicial.                                             una  entidad  pública,  que  perjudican  gravemente  sus
                                                              intereses, ocupa, un año más, una parte importante del
               El  contenido  de  estas  Sentencias  debe,    trabajo de esta Institución”.
        necesariamente, determinar  el rumbo  futuro tanto de  la
        legislación como de la práctica administrativa en la materia.  Muchos  menores  alcanzan  la  mayoría  de  edad
        De hecho, sin duda gracias al control jurisdiccional ejercido  indocumentados pero las garantías establecidas en la Ley se
        sobre las actuaciones de las administraciones públicas y según  vulneran incluso en aquellos casos en que finalmente el
        los datos obrantes en el Informe del Defensor del Pueblo, en  menor  obtiene  su  permiso  de  residencia,  y  ello  de  dos
        2007 se ejecutaron 27 repatriaciones y su número se redujo  maneras: por un lado, a pesar que la legislación retrotrae los
        a 10 en 2008. Asimismo, el texto del proyecto de Ley de  efectos de la autorización de residencia al momento en que
        reforma de la vigente LOEX presentado por el Gobierno al  el menor ha sido puesto a disposición de los servicios de
        Parlamento para su discusión sí reconoce la intervención de  protección, la susodicha fecha no consta de forma expresa
        los menores extranjeros en el procedimiento, por sí o a través  en la autorización en multitud de ocasiones (de nuevo el
        de representante en el caso de los mayores de 16 años, y  Informe del Defensor del Pueblo lo señala); por otro lado,
        nombrando un defensor judicial en el caso de niños menores  en los últimos años y cada vez de forma más extendida, las
        de esa edad.                                          autorizaciones de residencia son concedidas con fecha de
                                                              finalización coincidente con la mayoría de edad, sin que esta
               2.      La documentación de los menores no     posibilidad esté contemplada en la Ley. Es evidente que la
        acompañados                                           actitud  de  las  Delegaciones  de  Gobierno  y  organismos
                                                              tuteladores de estos menores, que les priva de su derecho a
               La legislación de extranjería considera “regular a  ser documentados, en nada favorece su integración y su
        todos los efectos la residencia de los menores que sean  preparación como futuros ciudadanos.
        tutelados por una administración pública” y prevé dotar al
        menor, una vez que haya quedado acreditada la imposibilidad  3.     El  acceso  al  mercado  de  trabajo  y  la
        de retorno con su familia, de “un permiso de residencia,  mayoría de edad
        cuyos efectos se retrotraerán al momento en que el menor
        hubiere  sido  puesto  a  disposición  de  los  servicios  de  La Ley Orgánica 4/2000 es, cuando menos, confusa a
        protección de menores” (Artículo 35.4 LOEX). El Reglamento  la hora de tratar el régimen legal para el acceso al mercado
        que desarrolla la Ley establece el plazo en el que procede  laboral aplicable a los menores extranjeros no acompañados.
        otorgarle al menor ese permiso en nueve meses, y además  El artículo 40.j) establece como supuesto específico para el
        “en todo caso, el hecho de no contar con autorización de  que no se tendrá en cuenta la situación nacional de empleo

               31
                                                                        ­
                                          ­
                 STC 22.12.2008 (Recurso de Amparo 3319 2007)  y STC 22.12.2008 (Recurso de Amparo. 3321 2007).
                                                                                              Infancia, Juventud y Ley 17
   12   13   14   15   16   17   18   19   20   21   22