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NORMATIVA UNIÓN EUROPEA
La Unión Europea protege especialmente la maternidad y los permisos parentales en el
ámbito laboral, equiparando la adopción al nacimiento; es por ello que la conciliación de
la vida laboral y personal se encuentra recogida en la Carta de los Derechos
Fundamentales:
Artículo 33. Vida familiar y vida profesional
2. Con el fin de poder conciliar vida familiar y vida profesional, toda persona
tiene derecho a ser protegida contra cualquier despido por una causa
relacionada con la maternidad, así como el derecho a un permiso pagado por
maternidad y a un permiso parental con motivo del nacimiento o de la adopción
de un niño.
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea
El permiso de maternidad, a nivel europeo, se encuentra recogido en la
Directiva 92/85/CEE del Consejo, de 19 de octubre de 1992. Esta Directiva
surgió con el fin de promover la mejora de la seguridad y de la salud en el
trabajo de la trabajadora embarazada, que ha dado a luz o en periodo de
lactancia. Fue la primera vez que en el derecho europeo se llevó a cabo un
tratamiento unitario sobre la protección de la maternidad y el embarazo
de las trabajadoras.
Permiso de maternidad
(Directiva 92/85/CEE)
Obligatorio Voluntario
2 semanas intransferibles 12 semanas intransferibles
Dicha norma establece que los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para
que las trabajadoras disfruten de un permiso de maternidad de, como mínimo, 14
semanas ininterrumpidas, de las cuales dos son obligatorias, distribuidas antes y/o después
del parto, quedando la retribución bajo las respectivas legislaciones nacionales.
En relación al permiso de paternidad regulado en la Unión Europea,
recientemente se ha aprobado la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019 relativa a la conciliación de
la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y
por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo.
(19) Al objeto de fomentar un reparto más equitativo entre mujeres y hombres
de las responsabilidades en el cuidado de familiares, y de permitir que se cree
un vínculo temprano entre padres e hijos, debe introducirse el derecho a un
permiso de paternidad para los padres o, en el caso y en la medida en que se
reconozca en la legislación nacional, para los segundos progenitores
equivalentes.
Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019
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