Page 15 - boletin_igualdad_empresa-53
P. 15

LOS PERMISOS DE CUIDADOS

        En  lo  referente  a  cuidados  de  personas  dependientes,  la  Directiva  (UE)  2019/1158  del
        Parlamento  Europeo  y  del  Consejo,  de  20  de  junio  de  2019,  introduce  la  siguiente
        definición:


                     «Permiso para cuidadores»: ausencia del trabajo a la que pueden acogerse los
                     trabajadores a fin de prestar cuidados o ayuda personales a un familiar o a una
                     persona que viva en el mismo hogar que el trabajador y que necesite asistencia o
                     cuidados importantes por un motivo médico grave, conforme a lo definido por
                     cada Estado miembro.
                     Art. 1. C) (Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019)

        A continuación, se muestran los permisos para cuidados establecidos a nivel europeo y
        nacional:


                                                   Cuidados


                         (Directiva (UE) 2019/1158 del
                         Parlamento Europeo y del                (Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo)
                       Consejo, de 20 de junio de 2019)
                                                                   Cuidado  de  lactante:  1  hora  de
                                                                    ausencia del trabajo hasta que cumpla
                                                                    9  meses  (extensible  hasta  12  con
                                                                    reducción  de  salario  a  partir  de  los  9
                                                                    cuando    ambos/as     progenitores/as
                                                                    ejerzan   este   derecho).   Derecho
                                                                    individual e intransferible.

                                                                          divisible en dos fracciones ó
                                                                          reducción  de  jornada  en  media
                                                                           hora ó
                        5 días laborables al año                         acumularlo en jornadas completas

                        Derecho individual                        Conciliación  de  la  vida  familiar  y
         Voluntario                                                 laboral.  Adaptación  de  la  duración  y
                        No se establece remuneración o             distribución  de  la  jornada,  incluida
                         prestación, pero se anima a los            prestación de trabajo a distancia. En el
                         Estados miembros a que se conceda          caso de que tengan hijos/as, el derecho
                                                                    es hasta que cumplan 12 años.
                        Derecho a solicitar fórmulas de           Derecho individual a una reducción de
                         trabajo flexible (supeditadas a            la jornada de trabajo diaria por:
                         límites razonables)
                                                                          cuidado  directo  de  menor  de  12
                                                                           años
                                                                          persona con discapacidad
                                                                          familiar  hasta  segundo  grado  de
                                                                           consanguinidad o afinidad que por
                                                                           razones  de  edad,  accidente  o
                                                                           enfermedad  no  pueda  valerse  por
                                                                           sí mismo/a
                                                                Estos  derechos  se  podrán  ejercitar  en  los
                                                                términos previstos en el ET.







                                                                                                                    15
   10   11   12   13   14   15   16   17   18   19   20