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Articulado
personalidad y agrava el problema de la delincuencia porque
la reafirma. Es necesario poner esperanza en su reinserción
social, ya que la personalidad del joven no es definitiva.
La situación actual, por la disponibilidad de recursos, nos lleva
a orientar la intervención con jóvenes hacia el medio abierto.
Esta disponibilidad de recursos se refiere tanto a la utilización
de programas de intervención en este medio como el progra-
ma de drogodependientes, de integración social, de inserción
laboral, de seguridad vial, de prevención y control del alcoho-
lismo……..como a la disponibilidad de plazas que existen en
el momento actual en los Centros de Inserción Social.
A esto se puede añadir que los recursos que puede ofrecer la
sociedad a través de las Comunidades Autónomas u otras Ins-
tituciones contribuiría a cumplir los objetivos que se marcan
en los programas de intervención como prioritarios: que los
internos adquieran y desarrollen las competencias personales
básicas para integrarse socialmente como ciudadanos normali-
zados y el fomento del vínculo social y familiar como contrario
al desarraigo del entorno que es uno de los factores favorece-
dores de la delincuencia.
Otra forma de favorecer y optimizar la intervención es la aplica-
ción de las penas y medidas alternativas a la prisión, no solo para
los jóvenes, pero especialmente para ellos, que constituye una
forma de ejecución penal que reduce la aplicación de la pena
de prisión, que en nuestro país presenta un grado alarmante de
extensión, además de conseguir más eficazmente satisfacer las
necesidades legítimas de justicia social. Estas penas pueden ser
más eficaces, en términos de reinserción, comparativamente con
la pena de prisión ya que ésta vuelve más difícil la posterior rein-
serción y que puede ser por sí misma un factor de reincidencia.
El cumplimiento de la pena con las medidas alternativas pre-
senta indudables ventajas:
• Cumplen una importante función social y tienen un alto
valor educativo. Responsabilizarle al penado de sus accio-
nes es confrontarle con la existencia de una sanción por el
daño causado, permitiéndole que realice acciones a favor
de ella.
• Las sanciones pueden ajustarse a las circunstancias del pe-
nado y a sus características sociales y personales.
• Tiene un componente de ayuda que garantiza las posibili-
dades de reinserción y evita el alejamiento, la ruptura con el
medio social, posibilitando el cumplimiento de la sanción
en el propio en el propio entorno del penado.
En la experiencia acumulada de estos años se ha podido veri-
ficar las ventajas que supone la aprobación de esta figura sobre
todo la del trabajo en beneficio de la comunidad ya que su
cumplimiento tiene una mayor entidad reparadora, educativa,
y retributiva con respecto a las demás medidas alternativas.
Somos conscientes del camino que todavía queda por recorrer
para llegar a estos planteamientos, sin embargo la situación
actual nos permite mantener la esperanza de llegar a buen tér-
mino.
38 Infancia, Juventud y Ley