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Articulado
Sin embargo, la realidad es terca: la delincuencia de menores no de reincidencia es bajísimo) ni tienen pronóstico de repetir
ha aumentado exponencialmente ni puede detectarse ningún conductas ilícitas.
alarmante incremento ni en su número ni en su gravedad.
Después de todo, como señala GARCÍA PÉREZ, la delin-
Cualquier estudio realizado sobre la evolución de la delincuen- cuencia de menores es normal (la mayoría de menores cometen
cia juvenil en España en los últimos años es, en este sentido, algún delito durante su adolescencia), ubicua (sin distinciones
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meridiano. Veamos algunos datos . de clase social) y, sobre todo, episódica (en la medida en que casi
todos dejan de cometer infracciones penales al llegar a la edad
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En primer lugar, el porcentaje de menores detenidos por adulta) .
causa de delito se ha reducido en números absolutos desde el
año 2001 (en el que entró en vigor la LO 5/2000), anualidad Si volvemos a la evolución de la LO 5/2000 veremos que ni
en la que hubo 25.305 detenciones, al año 2007, en la que se siquiera el legislador pone en duda esto. La Exposición de mo-
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produjeron 19.648. Es decir, más de un 22% de reducción . tivos de la LO 8/2006 es más que elocuente al respecto cuando
señala lo siguiente:
Incluso en términos relativos, si comparamos dicho número de
detenidos con la tasa de población juvenil en España de esos “Debe reconocerse que, afortunadamente, no han aumentado signi-
años, vemos que el porcentaje era de 1,32% en 2001 y de 1,08% ficativamente los delitos de carácter violento, aunque los realmente
en 2007 (un 18% de reducción). acontecidos han tenido un fuerte impacto social”.
En segundo lugar, si examinamos el número de asuntos regis- Resulta chocante la sinceridad del legislador: los delitos violen-
trados en los Juzgados de Menores, los datos son todavía más tos no han aumentado significativamente, pero aún así se refor-
palmarios: de 54.922 asuntos registrados en 2001 pasamos a ma la Ley porque “los realmente acontecidos” (por contraposi-
33.349 en 2007. Cerca de un 40% menos. ción, podría decirse, a los falsamente acontecidos, esto es los que
sólo existen en el imaginario colectivo) “han tenido un fuerte
Por último, ¿qué hay de verdad en la hipótesis de que los homi- impacto social” (esto es, han tenido una cobertura mediática ex-
cidios y otros delitos graves han aumentado? cepcional). Chocante la claridad con la que expone su coartada,
por así decirlo, para reformar la norma.
Lo cierto es que, efectivamente, tanto los delitos de homici-
dio/asesinato como las lesiones como los delitos contra la li- Con ese fragmento –tan expresivo- de la Exposición de motivos
bertad sexual han aumentado porcentualmente en el período de la última Ley orgánica que ha reformado la LO 5/2000 po-
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2001-2007 , pero se trata de una tendencia que se produjo demos iniciar las conclusiones.
fundamentalmente durante el trienio 2004-2006, de modo
que si comparamos las estadísticas de 2004 con las últimas
del 2007 vemos que apenas se han producido variaciones. De
VI. Desacierto
hecho, se han producido reducciones en esas tres categorías
(-11% en homicidios/asesinatos, -0,95% en lesiones, -0,57%
en delitos contra la libertad sexual). La cuarta “D” pretende resumir cuál es mi valoración personal
sobre esta década de reformas de la LO 5/2000. Y no es otra
Lo que nos arrojan estos datos es claro: la delincuencia de me- que la de desacierto.
nores está muy lejos de estar constituida por los llamados en
la literatura científica anglosajona superpredators: homicidas Como intentamos mostrar en el apartado anterior, la delincuen-
inadaptados, delincuentes sexuales, jóvenes ultraviolentos etc., cia de menores no constituye, ni mucho menos, el gravísimo
sino que, por ejemplo, sólo un 0,03% de los procesos de menores problema social que muchos (tanto ciudadanos como pode-
tienen como objeto un homicidio/asesinato. res políticos) tienen en mente cuando se plantean que la LO
5/2000 debe ser –otra vez- reformada. Y, sin embargo, eso es
Cuando hablamos de menores infractores estamos hablando, lo que lleva sucediendo desde la misma promulgación de dicha
mayoritariamente, de jóvenes que cometen delitos contra el norma: reformas y más reformas, todas ellas cortadas por el mis-
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patrimonio y que ni lo hacen de modo habitual (el porcentaje mo patrón de los impulsos mediáticos y de la propaganda.
En efecto, como muy claramente señalan BARQUÍN SANZ /
18 Tomados fundamentalmente de SERRANO TÁRRAGA, M. D., CANO PAÑOS, estas reformas sirven sólo para “transmitir a
“Evolución de la delincuencia juvenil es España (2000-2007)”, Revista la población el mensaje tranquilizador de que sus gobernantes
de Derecho penal y Criminología, 3ª época, número 2, 2009, pp. 255 vigilan de continuo para responder como es debido a la delin-
y ss. y MONTERO HERNANZ, T., La justicia juvenil en España:
cuencia. ¿Cómo? Con más sanciones, más represión y más rigor
comentarios y reflexiones, La Ley, Madrid, 2009, pp. 398 y ss.
punitivo, ¿cómo si no? Un mensaje sencillo, directo, y, lo que es
19 Este descenso, además, ha sido, con excepción del año 2002, en el que
hubo un breve repunte, constante.
20 En todo caso, no de manera alarmante en los homicidios/asesinatos,
22 GARCÍA PÉREZ, O., “La introducción del modelo de seguridad
donde se registró un aumento global del 8%.
ciudadana en la justicia de menores”, en La Ley de responsabilidad penal
21 Especialmente, robos con fuerza en las cosas, categoría delictiva
del menor: situación actual, Centro de Documentación Judicial del
mayoritaria en la delincuencia de menores, al constituir prácticamente
Consejo General del Poder Judicial, Madrid, 2006, p. 420.
un 18% de todas las infracciones cometidas en el 2007.
Infancia, Juventud y Ley 43