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asimismo, son mas graves las penas accesorias y las consecuen- etc. Son todas ellas sanciones orientadas a la neutralización
cias postpenitenciarias. Para la aplicación de estas condiciones positivamente evaluables por la opinión pública en la medida
mas severas se emplean tablas de variables despersonalizadas. de que la ejecución de muchas de ellas es compatible con una
normalización de la vida del condenado.
Esta racionalización tecnocrática no solo aleja al sistema pu-
nitivo de aspiraciones difíciles de entender y verificar, como el Por encima de ellas y reservada para los casos mas graves se
debate suscitado en la década de los setenta entre los programas mantiene la prisión. La pena privativa de libertad no es algo
máximos y mínimos de resocialización, sino que al concretar y ajeno a estos objetivos, sino un grado más en la escala o un mo-
reducir los objetivos del sistema a unos indicadores objetivos delo distinto de estrategia global del control. En este contex-
y estadísticamente evaluables, las estrategias penológicas pue- to los llamados beneficios penitenciarios adquieren un nuevo
den confrontarse con criterios de racionalidad y eficacia. Los significado, con ellos se trata de reajustar el sistema punitivo a
términos de una valoración critica con respecto a los modelos los cambios detectados en relación con los penados y redis-
penológicos resocializadores son necesariamente distintos. El tribuiros en nuevos niveles de control. También los nuevos
fracaso de los tratamientos resocializadores para los delin- modos de régimen penitenciario –FIES, CIS o módulos de
cuentes y el alto índice de reincidencia entre ellos ha servido respeto- son igualmente, distintos mecanismos de redistribu-
en periodos precedentes para criticar los excesos punitivos de ción de los penados en función de las necesidades de control.
los sistemas penales tradicionales. La cárcel como institución En los documentos oficiales de Instituciones penitenciarias
pierde su legitimación y su posición hegemónica en los siste- referidos a los módulos de respeto, por ejemplo, podemos ver
mas penales occidentales ante dicho fracaso. Los parámetros como el objetivo del mismo es desarrollar sistemas de control a
de éxitos reducidos a evaluar el riesgo de determinados gru- la medida del riesgo de los condenados que habitan en dichos
pos ayudan a cerrar el sistema en torno al riesgo cuantificable. módulos (“La ventaja más importante de su aplicación es que hace
Ausentes o debilitadas las aspiraciones sustanciales de utilidad posible reproducir esquemas sociales normalizados de control en el
social propias de una comprensión preventiva especial positiva microcosmos que se crea en un módulo de respeto. El objetivo de los
de la pena, la reducción insoportable del riesgo se traduce en Módulos de Respeto es conseguir un clima de convivencia homolo-
una reforma racional con criterios de eficacia. gable en cuanto a normas, valores, hábitos y formas de interacción
al de cualquier colectivo social normalizado”).
La evolución de nuestra legislación penal del menor ilustra, a
nuestro juicio, esta racionalización. Esta diversidad de respuestas capaz de moldearse a las exigen-
cias de neutralización del riesgo en cada caso se ve aumentada
mediante estrategias de neutralización selectiva con la cuales
IV. Nuevas estrategias punitivas
se puede combinar en el tiempo y en intensidad la aplicación
de algunas de ellas. El condenado se somete a una suerte de
El modelo prisional está agotado. Para estas nuevas estrate- modelo de pena continuada. Para esto ha sido necesario su-
gias de control de amplios sectores de la población la prisión se perar otro de los dogmas del sistema penal clásico de pena
muestra como una pena deficiente. Ciertamente, que es después determinada, asociado al principio de seguridad jurídica. La
de la pena de muerte el mejor ejemplo de pena inocuizadora y penología del control requiere de mayor versatilidad. En este
por ello no va desaparecer, pero si va a ceder su puesto hegemó- nuevo escenario la pena no puede determinarse por el delito
nico a favor de otras sanciones mas rentables. La prisión es cos- cometido ni por la responsabilidad del sujeto en relación al
tosa y excesivamente visible en todos los sentidos. Por encima mismo, sino conforme a los perfiles de riesgo y, consiguien-
de determinados tiempos alcanzados, ya, entre otros países, en te, necesidades de control. En determinadas circunstancias el
el nuestro con el tope de los cuarenta años, la prisión se con- legislador debe prever la combinación de unas y otras en una
vierte en una pena cruel cuyos daños irreversibles –la muerte tiempo punitivo lo mas indefinido posible.
civil- no son socialmente aceptados ni siquiera para los peores
de los delincuentes. Incluso para ellos el tiempo penitenciario Analizadas estas propuestas de la penología del control puede
termina borrando la memoria social del delito. resultar seductora y atractiva si nos planteáramos el despla-
zamiento de parte de la actual población penitenciaria hacia
Baja la etiqueta adulterada de las alternativas a la pena de estas nuevas penas. Pero ya no se trata de alternativas a la pena
prisión, aparecen hoy en la mayoría de los países sanciones de prisión sino ampliación de los sistemas de control para
de nuevo diseño, ceñidas a su finalidad. No se trata tanto de nuevos sectores y grupos de la sociedad. Para ello el propio ilí-
castigar reduciendo el ejercicio de ciertos derechos a los con- cito penal se administrativiza confundiendo la lesión de bienes
denados, como sancionar con el único objetivo de neutralizar jurídicos con los actos de mera desobediencia.
el riesgo. En este sentido guarda una cierta relación con las
penas de inhabilitación especial, aunque a diferencia de estas
V. Valoración crítica de esta nuevo modelo
cuyo contenido consiste en privar el ejercicio del derecho que
se utilizó para la comisión del delito, las nuevas penas resultan
más genéricas, dirigidas a enervar riesgos mas indetermina- I. No estamos aun en condiciones de valorar en profundidad los
dos. Se trata, por tanto, de sanciones de control muy econó- cambios que se avecinan de la mano de esta nueva penología del
micas cuya intensidad esta en función de la evaluación del control. Es arriesgado denunciar globalmente la misma, pues,
riesgo. Son cárceles sin muros, libertad condicionada, control como ha resultado en otras ocasiones, posteriores reformas han
electrónico, arresto domiciliario, centros de custodia abierta, terminado compatibilizando las nuevas propuestas punitivas
alejamiento, confinamiento, intervención de comunicaciones, con las exigencias del Estado de Derecho. No obstante, hay dos
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