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Articulado
probablemente, si los revisásemos, podríamos concluir que no estas imágenes instauradas en el creer colectivo deberíamos
son otros que aquellos que dificultan la integración social de auto imponernos siempre en la construcción de nuestra propia
los jóvenes. opinión, una reflexión que parta de un análisis exhaustivo de la
realidad basado en datos fiables que corroboren o desmientan
Como decíamos anteriormente, también dan razón de la hipótesis:
vastedad del fenómeno de la violencia sus múltiples mani-
festaciones, que le otorgan matices significativos. La llamada “Independientemente del resultado que las estadísticas arro-
violencia juvenil es en si misma una de ellas, como lo son la jen en cada momento, lo cierto es que está ampliamente ex-
violencia machista, la violencia organizada, etc. Y analizando tendida en los países europeos la percepción de que se está
ya específicamente el ámbito de la violencia juvenil, “nuevas produciendo un incremento de la delincuencia juvenil y de
violencias” adquieren nombre: violencia de pandilla, violencia que los delitos que cometen los jóvenes son cada vez de ma-
escolar, violencia filioparental, violencia callejera, ciberviolen- yor gravedad. Ante dicha situación, los ciudadanos demandan
cia… También resulta importante diferenciar en el caso de mecanismos de control más eficaces, lo que está llevando en
menores y adolescentes entre la violencia ocasional (vinculada muchos países a un endurecimiento de sus legislaciones de
al momento evolutivo y sus circunstancias) y la violencia per- menores.”(Dictamen del Comité Económico y Social Euro-
sistente. Se trata de denominaciones que intentan desgranar peo, 2006)
esa “violencia única” de nuestra definición inicial dando lugar
a lo que se ha denominado “violencias” (Torres, 2005, Funes, Veamos algunos datos. Según el Instituto Nacional de Es-
2003, Berga, 2003). tadística (INE) la delincuencia juvenil ha aumentado mo-
deradamente en los dos últimos años publicados (2008-09),
Así pues, esa definición clara y escueta de “violencia”, recogida después de un descenso significativo en los primeros años de
al principio de esta introducción, esconde un fenómeno com- la aplicación de la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal
plejo, que se manifiesta en forma de múltiples “violencias”, que del Menor (LORPM) y de una estabilización entre los años
tiene una causalidad múltiple, e implicaciones éticas y educa- 2005-2007.
tivas diversas.
Veremos que las investigaciones que presentamos a continua-
ción recogen y examinan alguna de estas violencias o alguno
de los aspectos significativos del acto violento. Cada una de
ellas presenta análisis parciales y conocimientos distintos que,
sin embargo, abundan en la comprensión de los actos violentos
cometidos por menores o jóvenes.
En concreto, presentaremos cuatro investigaciones. La pri-
mera ofrece algunos datos que nos permiten cuantificar los
actos delictivos y los actos delictivos violentos cometidos por
jóvenes y el perfil de estos jóvenes; la segunda aborda el tema
de la violencia filioparental y nos distingue dos grupos de
jóvenes con necesidades educativas distintas; la tercera estu-
dia el fenómeno de la violencia entre iguales; y, finalmente,
la cuarta examina uno de los factores que pueden asociarse a
la delincuencia juvenil y a la violencia: el estilo educativo de
los padres. 6
2. datos previos
Sin embargo, conviene también contextualizar los datos. En
Existe una percepción extendida de que la delincuencia y la nuestros estudios sobre las actualizaciones de la tasa de rein-
violencia protagonizada por jóvenes van en aumento. Ante cidencia juvenil, que explicaremos en el siguiente punto, este
incremento se explica en parte por la inclusión en el Código
penal de nuevas tipologías delictivas que hasta ahora no eran
5. El propio SAVRY, recién citado, se ha mostrado válido para valorar
sancionadas de manera tan evidente. El ejemplo más claro es
tanto el riesgo de violencia como el de delincuencia no violenta, pese
la entrada en vigor de la Ley Orgánica 15/2007, de 30 de no-
a haber nacido como un instrumento para la valoración del riesgo de
violencia, como indica su nombre. viembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de
6. El CEJFE ha becado este año 2011 dos nuevas investigaciones que 23 de noviembre del Código Penal en materia de seguridad
exploraran otras violencias juveniles: una de ellas se centra en el impacto vial. A partir de finales del 2007 hemos detectado entre los jó-
en Cataluña de los delitos de ciberviolencia (ciberbulling, sexting, etc.)
venes que llegan a justicia juvenil un aumento significativo de
y la segunda aborda el tema de la violencia de pareja protagonizada por
los delitos en el ámbito de la seguridad vial. No porque antes
parejas jóvenes. Los resultados de estas investigaciones se publicaran en
no cometieran estas conductas, sino porque no se las tipificaba
2012 www.gencat.cat/justicia/cejfe
como delito y por tanto no había una respuesta penal.
12 Infancia, Juventud y Ley