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prevención de la violencia de género, acoso, agresiones sexuales, etc.

               200. Hacer extensivos los apoyos psicosociales y derechos laborales, las prestaciones
               de  la  Seguridad  Social,  así  como  los  derechos  económicos  recogidos  en  la  Ley
               Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
               Violencia de Género, a quienes hayan padecido violencia vicaria o violencia “por
               interpósita persona”, esto es, dañar y/o asesinar a los hijos/as.




               EJE 5. IMPULSO DE LA FORMACIÓN QUE GARANTICE LA MEJOR RESPUESTA ASISTENCIAL
               232. Promover desde las Administraciones Públicas y organizaciones empresariales,
               la mejora de la formación recibida por los y las responsables de recursos humanos
               de las empresas y representantes sindicales en materia de violencia de género.



               EJE  8.  VISUALIZACIÓN  Y  ATENCIÓN  A  OTRAS  FORMAS  DE  VIOLENCIA  CONTRA  LAS
               MUJERES
               252.  Introducir  módulos  transversales  sobre  violencia  sexual  y  sus  tipologías,  en  los
               contenidos de las acciones formativas desarrolladas por y para empresas privadas y
               las Administraciones Públicas.


               Real  Decreto-ley  9/2018,  de  3  de  agosto,  de  medidas

               urgentes  para  el  desarrollo  del  Pacto  de  Estado  contra  la

               violencia de género


               El pasado 4 de agosto, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley
               9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del  Pacto de Estado
               contra la violencia de género  que modifica la Ley de Bases del Régimen Local, la Ley
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               de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y el Código Civil y
               cuya reforma, según el propio Real Decreto-ley era “urgente a los efectos de dar una
               respuesta  efectiva  en  relación  a  la  asistencia  a  las  víctimas  y  a  sus  hijos  e  hijas
               menores”.









               1   Un  Real  Decreto-ley  es  una  disposición  legislativa  provisional  reservada  para  casos  de
               “extraordinaria y urgente necesidad” aprobada por el Gobierno. En el plazo máximo de un mes el
               Real  Decreto-ley  tiene  que  ser  sometido  a  la  convalidación  por  las  Cortes  Generales  donde  se
               decide su mantenimiento ya como ley o su derogación. El 13 de septiembre de 2018 el Congreso de
               los Diputados convalidó el Real Decreto-ley 9/2018.



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