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de  género.  También  podrán  acreditarse  las
                                                             situaciones de violencia de género mediante
                                                             informe  de  los  servicios  sociales,  de  los
                                                             servicios especializados, o de los servicios de
                                                             acogida  destinados  a  víctimas  de  violencia
                                                             de  género  de  la  Administración  Pública
                                                             competente;  o  por  cualquier  otro  título,
                                                             siempre  que  ello  esté  previsto  en  las
                                                             disposiciones   normativas    de    carácter
                                                             sectorial que regulen el acceso a cada uno
                                                             de los derechos y recursos.

                                                             El  Gobierno  y  las  Comunidades  Autónomas,
                                                             en  el  marco  de  la  Conferencia  Sectorial  de
                                                             Igualdad, diseñaran, de común acuerdo, los
                                                             procedimientos  básicos  que  permitan  poner
                                                             en  marcha  los  sistemas  de  acreditación  de
                                                             las situaciones de violencia de género.



               Entre  las  múltiples  razones  por  las  que  las  víctimas  no  denuncian  la  situación  de
               violencia que están sufriendo, se encuentra la falta de recursos económicos, uno de los
               factores  que  les  impide  romper  el  círculo  de  la  violencia.  Por  ello,  en  relación  a  las
               ayudas  reguladas  en  el  artículo  27,  el  Real  Decreto-ley,  con  el  fin  de  ampliar  las
               posibilidades de acceso a las mismas, ha previsto la compatibilidad de estas ayudas
               con otras de carácter autonómico o local que las víctimas pueden percibir.


                       Antes del Pacto de Estado                    Después del pacto de Estado
               Artículo 27 apartado 2:                       Artículo 27 apartado 2:
               2. El importe de esta ayuda será equivalente  2. El importe de esta ayuda será equivalente
               al de seis meses de subsidio por desempleo.  al de seis meses de subsidio por desempleo.
               Cuando  la  víctima  de  la  violencia  ejercida  Cuando  la  víctima  de  la  violencia  ejercida
               contra   la   mujer    tuviera   reconocida  contra     la   mujer   tuviera   reconocida
               oficialmente una minusvalía en grado igual o  oficialmente  una  discapacidad  en  grado
               superior  al  33  por  100,  el  importe  sería  igual o superior al 33 por 100, el importe será
               equivalente  a  12  meses  de  subsidio  por  equivalente  a  doce  meses  de  subsidio  por
               desempleo.                                    desempleo.
               Artículo 27 apartado 5:                       Artículo 27 apartado 5:

               5.  Estas  ayudas  serán  compatibles  con  5.  Estas  ayudas  serán  compatibles  con
               cualquiera de las previstas en la Ley 35/1995,  cualquiera de las previstas en la Ley 35/1995,
               de 11 de diciembre, de Ayudas y  Asistencia  de 11 de diciembre, de Ayudas y  Asistencia
               a las Víctimas de Delitos Violentos y contra la  a las Víctimas de Delitos Violentos y contra la
               Libertad Sexual.                              Libertad Sexual, así como con cualquier otra
                                                             ayuda  económica  de  carácter  autonómico
                                                             o  local  concedida  por  la  situación  de
                                                             violencia de género.








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