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Articulado




       privativas de libertad, se constituyen en la gran diferencia de   ses suramericanos. La aplicación del derecho penal de adultos
       fondo entre la justicia para adolescentes y el sistema penal de   a personas adolescentes, aun cubre en Bolivia a las personas
       adultos.                                              adolescentes a partir de los 16 años de edad; en Uruguay se
                                                             ha venido discutiendo proyectos de reformas, que modifican
       Se puede afirmar así, que el indicador más duro del sistema de   las edades de responsabilidad penal e introducen duras penas
       justicia penal juvenil, es en qué medida se aplican estas san-  privativas de libertad en forma automática para los delitos más
       ciones no privativas de libertad; el segundo es la calidad de los   connotados.
       programas socioeducativas para su cumplimiento o ejecución,
       y el tercero como la otra cara del mismo problema en qué   En Colombia el uso de la prisión es muy intenso, no se invier-
       grado se usa menos la privación de libertad como detención   te sustancialmente en los programas socioeducativos para la
       provisional y como sanción. Hacía estos aspectos esenciales   reinserción en inclusión, y se discuten reformas que impon-
       de la Justicia Penal Juvenil, apuntan los principios que la inte-  drían penas de prisión casi perpetuas. En Argentina no se lo-
       gran: el Interés Superior del Niño, el de Protección Integral,   gra aún un sistema que supere los obstáculos provinciales. En
       el de Humanidad y el Principio Educativo.             general se vive una realidad que amenaza con retrocesos en lo
                                                             que se había logrado y en la que todavía es muy lejano el cum-
       b) Fortalecer los programas socioeducativos para el cumpli-  plimiento, del pacto social propuesto en la Convención sobre
       miento o ejecución de las salidas alternas y las sanciones no   los Derechos del Niño, consistente en exigir responsabilidad
       privativas de libertad, es una gran necesidad; su debilidad, la   penal a los adolescentes pero en un marco de realización ple-
       falta de recursos, descarrilan los sistemas de justicia penal ju-  na de todos los Derechos Humanos, incluidos los económicos
       venil. Estos programas y/o proyectos, son los que le agregan   sociales y culturales.
       a la sanción penal juvenil su contenido educativo para que
       no se quede en el mero castigo o retribución. Lograr que es-
       tos programas mejoren significativamente, permite un mejor
                                                                                 Conclusión
       acceso de las personas adolescentes y jóvenes sancionadas, a
       los derechos económicos sociales y culturales, que son los que
       regula la CDN además de otros derechos y la propia respon-  En la justicia penal juvenil, la ejecución de las sanciones pe-
       sabilidad penal.                                      nales juveniles implica un doble carácter: castigo y contenidos
                                                             socioeducativos; los segundos se deberían materializar a tra-
       c) Es necesario establecer lo que acontece con la aplicación   vés de los programas para la ejecución; estos programas deben
       del  derecho penal  de  adultos  a  las  personas  adolescentes   dirigirse a que la persona adolescente construya su responsa-
       en conflicto con la ley, pues el hecho de que sean proce-  bilidad (su respuesta positiva) respecto al daño causado a la
       sados por el sistema penal de adultos, que sean recluidos   víctima en el hecho delictivo y adquiera las capacidades que le
       en prisiones o cárceles para adultos, afecta gravemente la   permitan a pesar del cumplimiento de la sanción, tener mayo-
       integridad personal de las personas menores de edad, que   res posibilidades de inclusión en el mercado laboral y recibir
       por el hecho de encontrarse en un atapa de formación y cre-  los servicios sociales por parte del Estado, y así el disfrute real
       cimiento, resultan mucho más vulnerables y pueden sufrir   de sus derechos económicos sociales y culturales.
       daños irreparables.
                                                             La prisión se sigue utilizando como sanción principal, en de-
       Además  la  aplicación del sistema  penal  de  adultos implica   trimento de una mayor aplicación de salidas alternas y san-
       una grave violación al derecho internacional de los Derechos   ciones No Privativas de Libertad. Las cifras de privación de
       Humanos, pues todos los países del área suscribieron y ratifi-  libertad, deben reducirse a tal grado, que indiquen que solo la
       caron la Convención sobre los Derechos del Niño, que en sus   prisión se aplica en casos excepcionales.
       artículos 37 y 40 señala los estándares sobre los cuales se debe
       construir un Sistema Especializado de Justicia Penal Juvenil,   Los programas socioeducativos para la ejecución de las San-
       destinado a exigir responsabilidad penal a las personas ado-  ciones No Privativas de Libertad, o no existen o los que existen
       lescentes por sus conductas constitutivas de delito.   son muy débiles. Por una parte esto significa, que no rige el
                                                             principio educativo, piedra angular de los Sistemas de Justicia
       A las personas adolescentes en conflicto con la ley, se les de-  Penal Juvenil y no se cumplen las finalidades de la sanción, que
       ben aplicar todas las normas garantistas del derecho penal   por una parte es castigo, pero por otra debe generar capacida-
       moderno (vigente para adultos), más garantías especiales por   des y oportunidades para mediante la reinserción o la inclusión
       tratarse de personas especialmente vulnerables y por su con-  social, hacer posible en la persona adolescente un proyecto de
       dición de persona en desarrollo de sus capacidades; Principio   vida exento de delito y propio para la convivencia social.
       del Interés Superior del Niño, Principio Educativo, Principio
       de Protección Integral, Principio de Proporcionalidad y de
       Humanidad

             ¿Que sucede en el resto de América latina?

       Los rasgos fundamentales y los problemas señalados en los
       sistemas de Justicia Penal Juvenil  centroamericanos, resultan
       igualmente válidos cuando se mira lo que sucede en los paí-

                                                                                          Infancia, Juventud y Ley 19
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