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Articulado
La intervención del EMA se enmarca dentro de la llamada
atención a las víctimas en el
“justicia restaurativa”, en contraposición a una justicia retribu-
Programa educativo del eMa
tiva, en donde los protagonistas son los menores infractores, el
Estado y la víctima. Aquí no sólo se toma en cuenta a la víctima
La LORRPM recoge la atención a los intereses y necesidades en el momento de la comisión del delito, sino también en el
de las víctimas, tanto en su preámbulo, como en el articulado, momento de restaurar el delito y reparar el daño; así, la víctima
estableciendo un procedimiento singular, rápido y poco for- protagoniza la respuesta o solución que se le da al menor infrac-
malista para el resarcimiento, en su caso, de daños y perjuicios, tor. Tanto la víctima como el menor participan en la solución
como son las mediaciones, conciliaciones o reparaciones o do- del problema, teniendo al Estado como garante. Por esta misma
tando al Juez o a la Juez de Menores de amplias facultades línea se decanta la llamada ‘justicia restaurativa’ que propone,
para la incorporación a los autos de documentos y testimonios entre otras cosas, una nueva noción del delito en cuanto ‘trián-
relevantes de la causa principal. gulo virtual’ que debe integrar a la víctima, al infractor y a la
autoridad social o comunitaria (Antonio Beristain).
La última modificación de la LRRPM, la L.O. 8/2006, resal-
tó aún más la importancia que el legislador da a las víctimas, La primera consideración que se debe tener en cuenta en la
otorgando a Jueces y Fiscales de Menores la protección de los relación con las víctimas es que el propio funcionamiento del
derechos de las víctimas, señalando en su artículo 4: “Derechos sistema legal también puede victimizar (secundariamente) a las
de las víctimas y de los perjudicados. El Ministerio Fiscal y el personas que ya han sido víctimas (primarias) de una infracción
Juez de Menores velarán en todo momento por la protección a la ley. Por ello, podemos decir que las víctimas pueden ser
de los derechos de las víctimas y de los perjudicados por las in- doblemente victimizadas, ya que la intervención del educador
fracciones cometidas por los menores”. Esta reforma de la ley (centrada habitualmente en el infractor) puede victimizar nue-
introduce la obligación de información a las víctimas que se vamente a las víctimas. Esta victimación es más grave (aunque
extiende a diversas materias: medidas de asistencia previstas, muchas veces pasa más desapercibida), porque es el mismo Es-
facultades de personación en el proceso, funciones del Minis- tado de Derecho el que victimiza a través del sistema legal. Por
terio Fiscal en el ejercicio de las acciones civiles, comunica- ello, para cuidar esta relación educador social-víctima, se hace
ción de las resoluciones adoptadas por el Fiscal y los Juez de necesario el establecimiento de unos principios y mecanismos
Menores que afecten a sus intereses, con específica mención que orienten y regulen estas acciones socioeducativas.
al acuerdo de desistimiento de la incoación del expediente y
a la sentencia que se pronuncie, e incluso la asistencia legal
gratuita para las víctimas.
Intervenciones Socioeducativas extrajudiciales con
menores en la Comunidad autónoma de aragón
En definitiva, la LORRPM y sus las reformas posteriores y el
decreto que la desarrolla, establecen un marco de protección
de las víctimas, preservando su presencia activa en el proceso El artículo 19 de la LORRPM regula la posibilidad de realizar
en términos idóneos, para ejercer las funciones de participa- reparaciones extrajudiciales con aquellos o aquellas menores
ción (tener vista de lo actuado, siendo notificado de las ac- en cuyo delito o falta no se haya empleado violencia grave con-
tuaciones, participar en la práctica de las pruebas y ser oído tra las personas.
en todos los trámites), de postulación (ejercitar la pretensión
penal, instar la imposición de las medidas, y proponer pruebas) El artículo 27 de la LORRPM establece que serán los Equi-
y las funciones de revisión (interposición de los recursos). De pos Técnicos (EETT) los que deberán llevar a cabo estas ac-
esta manera trata de garantizarse que el procedimiento sea un tividades de conciliación reparación, pero el Reglamento de la
espacio institucional de acogida para las víctimas. LORRPM en su artículo 8.7 abre la posibilidad a las Comu-
nidades Autónomas para que sean sus profesionales los que
La mayoría de estos procedimientos se realizan en la fase de puedan llevar a cabo estas actividades.
instrucción y por ello la relación habitual de la víctima con el
sistema judicial de menores se establece a través de la Fiscalía, Con la entrada en vigor de la LORRPM, la Comunidad Au-
en alguno de los casos con el Juzgado de Menores, y en las tónoma de Aragón y la Fiscalía de Menores de Zaragoza lle-
reparaciones extrajudiciales y en ejecución de sentencias con garon al acuerdo de que fueran los educadores del EMA, que
el Equipo Educativo de Medio Abierto. venían ejecutando las medidas judiciales impuestas por los
Juzgados de Menores de Zaragoza, los que se hicieran cargo
Las competencias que la Ley otorga a la Comunidad Autónoma, de llevar a cabo las reparaciones y conciliaciones del artículo
y por tanto a los Equipos Educativos de Medio Abierto tienen 19 de la LORRPM.
una especial relevancia en la atención a la víctima en las media-
ciones, conciliaciones o reparaciones, reguladas en los artículos El EMA lo constituyen doce educadoras y educadores socia-
19 de la LORRPM (que establece las mediaciones-reparacio- les, que indistintamente ejecutan medidas judiciales de medio
nes), y los artículos 5 (que desarrolla la forma de llevar a cabo abierto y las reparaciones y conciliaciones extrajudiciales.
la mediación-reparación) y 15 del Reglamento de la Ley, RD
1774/2004, (que establece la posibilidad de mediación durante Todos estos profesionales de la educación social han recibido
la ejecución de la medida si el menor manifestara su voluntad formación y capacitación especializada para intervenir en la
de conciliarse con la víctima y que posibilita la suspensión de las ejecución de medidas y las actividades de mediación, concilia-
medidas, de acuerdo con el Art. 51.2 de la LORRPM). ción y reparación.
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