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Articulado


           Programa de intervención socioeducativa


        en el Centro de Responsabilidad de Menores


                              “Casa Juvenil Sograndio”








                                                                              Manuel RaMos Vicente
                                                                                    Pedagogo y director del Centro
                                                                          Mº eugenia lópez sanchez
                                                                   Psicóloga y coordinadora del Centro (2001-2011)
                                                                              Mª José alVaRez alVaRez
                                                                 Pedagoga y Coordinadora del Centro (2001-2011)
                                                                      FRancisco gaRcía Menéndez
                                                                  Pedagogo y Coordinador del Centro (2005-2011)



       Ya  cumplidos  ampliamente  diez  años  desde  la  instauración   interés del menor, ha de integrarse también lo recogido en
       de la L.O.R.P.M. 5/2000, y agradeciendo la oportunidad que   el apartado ocho relativo a el interés propio del perjudicado o
       nos brinda la revista “Menores”, desde el Centro de Respon-  víctima.
       sabilidad Penal de Menores de Sograndio, en el Principado
       de Asturias, nos gustaría hacer una reflexión de lo que ha su-  Si hasta la fecha, y como tratamiento innovador hasta hace
       puesto esta última década en relación al trabajo con menores   algunos años –al menos en medidas privativas de libertad en
       infractores con medidas privativas de libertad.       el Principado de Asturias- veníamos trabajando sobre la base
                                                             del Programa de Pensamiento Prosocial (Garrido, Ross, Fa-
       No podemos negar que los cambios psicosociales acaecidos   biano y Gómez), por poner un ejemplo entre otros programas
       durante los últimos tiempos han tenido a su vez una influen-  llevados a cabo, las nuevas realidades nos han hecho realizar
       cia notoria en el perfil del menor infractor, siendo la nueva   un esfuerzo mayor para adaptar o crear nuevos programas para
       realidad social determinante en muchos aspectos. Para bien   las nuevas problemáticas.
       o para mal se está dando una nueva realidad social que es
       necesario enfrentar, posibilitando tratamientos adaptados a   El notable aumento de la inmigración en nuestro país, la llega-
       la misma.                                             da de menores extranjeros no acompañados, el incremento de
                                                             las familias monoparentales, el cambio de roles familiares, el
       Los profesionales que trabajamos con menores y jóvenes in-  valor otorgado al ocio, entre otros, son factores que han traído
       fractores –y que no tenemos una formación jurídica- somos   consigo, a la vez que riqueza cultural y plural, también consi-
       conscientes  de  que  el  tratamiento  con  estos  adolescentes   guientes dificultades.
       necesita una colaboración de todos los estamentos implica-
       dos para posibilitar avances. Así pues, tomamos como base   Tras  la  polémica  implantación  en  su  día  a  nivel  educativo-
       la propia filosofía de la ley, desarrollada en el apartado seis   formal de la asignatura de “Educación para la Ciudadanía”,
       de  su  exposición  de  motivos:  naturaleza formalmente penal   nos hemos visto gratamente sorprendidos al comprobar que
       pero materialmente sancionadora-educativa del procedimiento y   algunos de los temas que se trataban en la misma ya se venían
       las medidas aplicables a los infractores menores de edad, recono-  trabajando con los menores infractores hacía mucho tiempo
       cimiento expreso de todas las garantías que se derivan del respeto   (derechos humanos, inmigración, xenofobia, violencia de gé-
       de los derechos constitucionales y de las especiales exigencias del   nero, cambio climático, etc.), y que lo realmente polémico o
       interés del menor, diferenciación de diversos tramos a efectos pro-  incluso temible, en ocasiones, no es solo lo que se transmite,
       cesales y sancionadores en la categoría de infractores menores de   sino como se transmite.
       edad, flexibilidad en la adopción y ejecución de las medidas acon-
       sejadas por las circunstancias del caso concreto, competencia de las   Nos gustaría pensar, porque así lo hemos vivido con nuestros
       entidades autonómicas relacionadas con la reforma y la protección   menores, que de lo que se trata en último caso es de enseñar
       de menores para la ejecución de las medidas impuestas en la sen-  a los adolescentes a ser personas, a pensar por sí mismos, y a
       tencia y control judicial de esta ejecución. Y continuando con la   respetar los derechos y libertades de los demás.
       exposición de motivos de la citada ley, no podemos perder
       de vista tampoco que aunque en el Derecho Penal de Me-  No podemos dejar de mencionar, dentro de estas nuevas rea-
       nores ha de primar como elemento determinante el superior   lidades a las que aludimos, el problema de la violencia, desta-

                                                                                          Infancia, Juventud y Ley 27
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