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Infancia, Juventud y Ley






                  mismo texto.                   algunas  cuestiones  merecen   “Artículo  45.  Comunicaciones
                                                 ser destacadas:                íntimas,   familiares   y   de
                  Así  el  artículo  35  establece                              convivencia:
                  que no se podrá trasladar a un   -  El  artículo  40  contempla
                  menor fuera  del centro si no se   el  derecho  de  los  menores   1.  Todos  los  establecimientos
                  recibe orden o autorización del   a  comunicarse  y  a  recibir   penitenciarios   dispondrán
                  Juez  de  Menores,  regulando   visitas de familiares y amigos,   de   locales   especialmente
                  a  continuación  el  traslado   sin  establecer  ningún  tipo   adecuados  para  las  visitas
                  a  centros  hospitalarios  por   de  limitación  a  priori,  pues   familiares  o  de  allegados
                  razones  de  urgencia.  Nada   basta  con  que  los  familiares   de  aquellos  internos  que  no
                  dice  el  citado  artículo  de  las   acrediten  su  parentesco  y  el   disfruten de permisos ordinarios
                  salidas  a  centros  sanitarios   resto cuenten con autorización   de salida.
                  para  llevar  a  cabo  consultas   del   director   del   centro,
                  que   no   tengan   carácter   quien  podrá  suspenderlas     2.  Los  Consejos  de  Dirección
                  urgente.                       provisionalmente,  poniéndolo   establecerán  los  horarios  de
                                                 en  conocimiento  del  Juez  de   celebración de estas visitas.
                  Debe  tenerse  presente  que   Menores,  cuando  se  estime
                  el  artículo  56  de  la  LORPM   que  perjudiquen  o  puedan   3.  Los  familiares  o  allegados
                  reconoce  a  los  menores      perjudicar  al  menor.  Nada   que  acudan  a  visitar  a  los
                  el  derecho  a  la  asistencia   dice  en  relación  a  la  posible   internos  en  las  comunicaciones
                  sanitaria gratuita y otorga a las   existencia  de  resoluciones   previstas  en  este  artículo  no
                  Comunidades  Autónomas,  en    administrativas  o  judiciales   podrán ser portadores de bolsos
                  su  artículo  45,  competencias   sobre  régimen  de  visitas   o  paquetes,  ni  llevar  consigo
                  en  materia  de  organización.   y  comunicaciones  en  el    a  menores  cuando  se  trate  de
                  Por  su  parte  el  artículo  38   ámbito,  por  ejemplo,  de  la   comunicaciones íntimas.
                  del  RLORPM  establece  el     protección, lo que podría llevar
                  deber  de  adoptar  medidas    a  soluciones  contradictorias,   4.  Previa  solicitud  del  interno,
                  para  garantizar  el  derecho  de   más si tenemos en cuenta que   se concederá una comunicación
                  los  menores  a  la  asistencia   la LORPM reconoce el derecho   íntima al mes como mínimo, cuya
                  sanitaria  gratuita  reconocida   de los menores a comunicarse   duración no será superior a tres
                  por la Ley, no estableciéndose   (artículo 56.2.h).           horas ni inferior a una, salvo que
                  que  dicha  asistencia  deba                                  razones de orden o de seguridad
                  llevarse a cabo en los propios   -  El  nº  4  del  artículo  40   del establecimiento lo impidan.
                  centros   de   internamiento,   establece  las  denominadas
                  algo  que  por  otra  parte  sería   visitas  de  convivencia,  sin   5. Previa solicitud del interesado,
                  inviable  en  la  mayoría  de   definir  qué  se  entiende  por   se  concederá,  una  vez  al  mes
                  especialidades.                tales  ni  tampoco  el  régimen   como mínimo, una comunicación
                                                 al  que  las  mismas  quedan   con  sus  familiares  y  allegados,
                  Por  ello,  aunque  no  aparece   supeditadas,  contando  como   que  se  celebrará  en  locales
                  previsto  de  forma  específica,   único  criterio  al  efecto  con  lo   adecuados  y  cuya  duración  no
                  el  RLORPM  debería  haber     previsto en el artículo 45 del RP,   será  superior  a  tres  horas  ni
                  hecho alguna mención a estas   es  decir,  se  plantearían  para   inferior a una.
                  salidas.                       menores  que  no  disfruten  de
                                                 permisos  ordinarios  de  salida   6.  Se  concederán,  previa
                  8.   COMUNICACIONES      Y     y las visitas se llevarían a cabo   solicitud  del  interesado,  visitas
                  VISITAS (ARTS. 40 A 43)        con su cónyuge o persona con   de  convivencia  a  los  internos
                                                 la  que  se  encuentre  ligado   con  su  cónyuge  o  persona
                  Respecto a las comunicaciones   por  semejante  relación  de   ligada  por  semejante  relación
                  y  visitas  previstas  en  los   afectividad  e  hijos  que  no   de  afectividad  e  hijos  que
                  artículos 40 a 43 del RLORPM   superen los 10 años de edad:   no  superen  los  diez  años  de



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