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Investigación empírica


               Protocolo de Valoración del Riesgo en


         Adolescentes Infractores: Una herramienta


             informatizada para la gestión del riesgo








                                   M. Ángeles luengo, olalla cutrín y lorena Maneiro
                                                                           Universidad de Santiago de Compostela



       Resumen                                                    1. Marco de actuación con menores infractores


        La consideración de los principios de riesgo, necesidad y        en el sistema de justicia juvenil
        responsabilidad en el diseño de intervenciones eficaces con
        menores en conflicto con la ley requiere que se disponga de
                                                             La adopción de la Convención sobre los Derechos del Niño
        herramientas de valoración del riesgo en este contexto. La
                                                             por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de No-
        elaboración de instrumentos específicos para tal fin facilita
                                                             viembre de 1989, ha sido una de las herramientas fundamen-
        la detección de aquellos menores que presentan un riesgo
                                                             tales en el desarrollo y establecimiento de los derechos civiles,
        mayor de conductas antisociales, así como la determinación
                                                             políticos, culturales y educativos de los niños y niñas de todo el
        de los factores concretos que están presentes en cada caso y
                                                             mundo. El contenido de este tratado internacional se articula
        el análisis de otras características psicosociales que puedan
                                                             en base a dos principios fundamentales que deben regir las ac-
        tener alguna influencia sobre los efectos de la intervención.
                                                             tuaciones de los Estados partes: el interés superior del niño y la
        Estos son precisamente los objetivos del Protocolo de Va-
                                                             no discriminación. El principio de interés superior del menor
        loración del Riesgo en Adolescentes Infractores (VRAI),
                                                             considera al niño como sujeto digno de atención, promoción,
        un instrumento informatizado de valoración del riesgo de
                                                             provisión y protección, y garantiza el derecho a la libertad de
        reincidencia que pretende servir de guía a los profesionales
                                                             conciencia y a la participación activa a través de la libertad de
        que desarrollan su labor en el ámbito de la justicia juvenil.
                                                             expresión y de asociación. Este principio se ve complementado
        El presente trabajo ofrece una visión general acerca de la
                                                             por el de no discriminación, ya sea por razón de raza, color,
        importancia y los principios de la valoración del riesgo, así
                                                             sexo o idioma, o por razones religiosas, de opinión, posición
        como una breve descripción del VRAI, su desarrollo his-
                                                             económica, impedimento físico u otras condiciones.
        tórico y sus principales aportaciones al campo de la eva-
        luación e intervención con menores en conflicto con la ley.
                                                             Toda actuación referida a aquellos niños que por motivos di-
                                                             versos hayan entrado en el sistema de justicia juvenil deberá
                                                             atender al cumplimiento de estos principios fundamentales.
                                                             Se contempla, de este modo, que las medidas impuestas a es-
                                                             tos menores deberán ir dirigidas al desarrollo y fomento del
                                                             sentido de la dignidad y el valor y tendrán como fin último
                                                             la reintegración del niño en la sociedad. Asimismo, deberá
                                                             fomentarse la adopción de medidas alternativas al interna-
                                                             miento institucional, evitando, en la medida de lo posible, el
                                                             establecimiento de penas privativas de libertad. En España,
                                                             la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de Enero, Reguladora de la
                                      valoración
                                                             Responsabilidad Penal de los Menores, establece un principio
                                              riesgo
                                                             rector de naturaleza sancionador-educativo, caracterizado por
                  Palabras clave:   adolescentes             tanto, una serie de medidas en función de la restricción de
                                       protocolo
                                                             la adopción de medidas flexibles en las que prime el carácter
                        conducta antisocial
                                                             educativo y el interés superior del menor. Se especifican, por
                                                             derechos que suponen, abarcando desde el internamiento en
                                                             régimen cerrado hasta la amonestación o la privación del per-
                                                             miso de circulación.
                                                             Además de la medida, un tipo de intervención que se adecúe
                                                             a las características de cada menor infractor resulta fundamen-
                                                             tal para la obtención de resultados positivos que deriven en la

                                                                                          Infancia, Juventud y Ley 51
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