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Articulado




       liación en sentido estricto. Este tipo de acción reparadora se   favorecer un mayor clima de tolerancia social y potenciar la
       identifica plenamente con la medida judicial de “Prestación de   participación activa del tejido social. En numerosas ocasiones,
       Servicios en Beneficio de la Comunidad” aplicada frecuente-  la propia comunidad es la beneficiaria de las acciones repara-
       mente ante daños a equipamientos colectivos o de uso público.  doras de los menores, directa o indirectamente, siendo positiva
                                                             la implicación de la sociedad en la resolución de los conflictos
       El propio marco legal ya determina que los objetivos principa-  que, en ocasiones, ella misma genera y que afectan a los me-
       les de estas actuaciones han de ser tanto la satisfacción de las   nores.
       víctimas –en lo emocional y lo material-, como la solución del
       conflicto, aunque también hay otros objetivos que afectan al   A la hora de ajustar la intervención y coordinar actuaciones
       menor infractor, a la Justicia y a la propia Comunidad.  con el menor, es necesario conocer la labor que otros agentes
                                                             sociales puedan estar desarrollando con incidencia en el caso
       Para el menor asumir su responsabilidad es una oportunidad   (ámbito escolar, sanitario, de empleo, Servicios de Protección,
       educativa para comprender y experimentar que sus actos tie-  Servicios Sociales, centros de tiempo libre, etc…).
       nen consecuencias positivas y negativas para los demás y para
       sí mismo, aprendiendo a valorar dichas consecuencias y a pla-  El educador conocerá los distintos recursos disponibles en la
       nificar mejor su comportamiento, dentro de los límites sociales   comunidad, donde el menor podrá realizar las actividades de
       y morales.                                            reparación. En este sentido se tendrá en cuenta, dentro de los
                                                             recursos disponibles, los que mejor se adapten al hecho denun-
       Tiene también un objetivo educativo o formativo, en la medi-  ciado, a la voluntad, características, posibilidades y necesidades
       da en que reflexionando sobre los hechos pasados, puede pro-  del menor. Se trata de disponer de un amplio abanico de servi-
       yectar sus actuaciones futuras y que, en base a la experiencia   cios y recursos, como por ejemplo servicios del Ayuntamientos
       adquirida, en el proceso de mediación, aumenta su repertorio   (parques y jardines, labores de limpieza y mantenimiento,...),
       de conductas alternativas ante posibles nuevos problemas.  ONGs, Asociaciones de Discapacitados, Residencias de an-
                                                             cianos, sanidad, colegios…. donde el menor pueda realizar las
       Se ofrece al menor infractor un papel de protagonismo en el   actividades de la forma más útil y satisfactoria para sí mismo y
       proceso iniciado, invirtiendo su propio esfuerzo y asumiendo   la propia comunidad.
       un papel activo que no tendría en un proceso judicial y que
       atiende a sus circunstancias y al desarrollo de sus capacidades.  El educador en las actuaciones socioeducativas de mediación
                                                             debe intentar ser neutral, atendiendo a los intereses particula-
       También el entorno de los menores se beneficia de las accio-  res pero también de la comunidad, colaborando con las partes
       nes reparadoras y contribuye a la solución de los conflictos,   en la resolución del conflicto, aportando propuestas y flexibi-
       al hacerse extensivos los acuerdos y compromisos alcanzados   lizando posiciones.
       con los menores a sus padres y familiares, a los propios amigos,
       vecinos, etc.                                         Las intervenciones en las Conciliaciones-Reparaciones suelen
                                                             ser rápidas, por lo que ayudan a contener la crisis inicial que se
       De forma diferente a lo que ocurre con las medidas judiciales,   ha generado, trabajando los sentimientos y las experiencias ne-
       las víctimas asumen un papel activo y tienen la oportunidad de   gativas vividas, intentando rescatar lo positivo del conflicto. El
       participar en la resolución del problema que les afecta, respe-  educador colabora en la toma de acuerdos y en su control. Es
       tándose sus intereses. Adquieren una visión más próxima de la   el nexo de unión entre denunciado y denunciante, recogiendo
       Justicia y perciben que se les tiene en cuenta, se sienten escu-  sus demandas, y el Ministerio Fiscal, que representa el interés
       chadas, recuperan la tranquilidad perdiendo el miedo a los in-  de la Justicia y la sociedad.
       fractores y son compensadas por los daños o perjuicios sufridos.

       Estas actuaciones educativas, que evitan una segunda victimi-
       zación, procuran y permiten la comprensión, por parte de la
       víctima, de los motivos o circunstancias personales que han
       envuelto al menor para materializar la infracción, percibiendo
       a los menores y los conflictos que originan de una forma más
       adecuada y mesurada.

       El sistema judicial resulta beneficiado por la inmediatez de la
       respuesta, al poderse actuar en fases iniciales del proceso, con la
       economía de medios que supone para todos los estamentos que
       intervienen en el procedimiento judicial. Del mismo modo, se
       reduce considerablemente el número de reincidencias. La re-
       solución extrajudicial de los conflictos satisface plenamente las
       aspiraciones de restablecimiento del orden y la paz social que
       todo nuestro sistema jurídico pretende preservar.

       Respecto a la comunidad se procura crear una conciencia so-
       cial que evite, en la medida de lo posible, la judicialización,

                                                                                          Infancia, Juventud y Ley 25
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