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Articulado
        distintos regímenes posibles, es incluso superior para los  brindar un soporte y base efectiva para una medida  menos
        inmigrantes; cuestión que podríamos pensar obedece a dos  restrictiva como una intervención de medio abierto, ya que
        razones fundamentales: sin lugar a dudas tiene que ver con  ésta –existencia de grupo de apoyo­  una de las cuestiones
        la gravedad y violencia de los delitos cometidos, pero también  que se tienen en cuenta, o debería tenerse en cuenta, a la
        a la ausencia de un grupo de apoyo –fundamentalmente  hora de la elección de la medida, siempre en interés superior
        familia o adultos significativos e implicados­  que pudieran  del menor según los preceptos legales vigentes.
                                                                                             2005
















                       Fuente: Memoria anual de la Agencia de la C.M. para la Reeducación y Reinserción del Menor
                       Infractor,  2005.  IC=  internamiento  en  centro,  MA=  medio  abierto,  RE=  reparación
                       extrajudicial.
               A  nuestro  juicio,  las  estructuras  y  dificultades  Para hacernos una idea de las intervenciones que se
        familiares junto a la ausencia de redes sociales de apoyo en  llevan a efecto en el caso de la Comunidad de Madrid con
        la sociedad de acogida, así como el conjunto de variables  respecto  a  este  grupo,  podemos  acudir  a  la  evaluación
        personales,  formativas  y  socioculturales,  suponen  unos  correspondiente  al  año  2006  del  Plan  de  Integración
        factores de riesgo significativos para los menores de origen  2006­ 2008, en la que se incluye un apartado dedicado a las
        inmigrante en cuanto a la posibilidad de verse implicados en  Intervenciones  realizadas  con  inmigrantes  sujetos  al
        conductas antisociales, así como de posibles reincidencias  cumplimiento de una medidas judiciales de Medio Abierto.
        futuras  en  aquellos  casos  que  no  son  atendidas
        adecuadamente estas circunstancias y las necesidades básicas
        no cubiertas.













































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