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Articulado
               Autorización para trabajar: Esta autorización de      C.     La  residencia  temporal  del  menor
        residencia  temporal  autoriza  a  trabajar  a  los  menores  extranjero nacido en el extranjero, hijo o tutelado por
        tutelados, a partir de los 16 años, según dispone el art. 41, k)  un español o por un extranjero residente legal en España
        de la LOEx, en aquellas actividades laborales que a criterio
        de  la entidad  publica  que  ejerce la  tutela  favorezcan  su  Marco legal: Art. 94.2 del Reglamento de la LOEx
        integración, mientras permanezcan tutelados.
                                                                     Quien tiene derecho: El menor extranjero nacido
               B.       La  residencia  temporal  del  menor  en el extranjero hijo de españoles o de extranjeros residentes
        extranjero  nacido  en  España  hijo  de  un  extranjero  legales en España o que esté tutelado por un español o por
        residente legal.                                      un extranjero residente legal.

               Marco legal: Art. 94.1 del Reglamento de la LOEx  Procedimiento:
                                                                     a)     Lo ha de solicitar  personalmente el padre o
               Quien tiene derecho: El menor extranjero nacido  la madre que sea residente legal.
        en España hijo de un extranjero residente legal
                                                                     b)     Se ha de acreditar la residencia continuada
               Procedimiento:                                 en España del menor durante un mínimo de 2 años.
               a)      Lo ha de solicitar  personalmente el padre o
        la madre que sea residente legal cuando se produzca el       c)     Los padres han de cumplir los requisitos de
        nacimiento o a partir de que cualquiera de los padres haya  medios de vida y alojamiento que se exigen para reagrupar a
        accedido a la residencia legal.                       familiares


               b)      Se ha de aportar la partida de nacimiento y   d)     Los padres han  de  aportar la partida  de
        el  permiso  de  residencia  temporal  o  permanente  de  nacimiento, documento de tutela del menor y el permiso de
        cualquiera de los padres.                             residencia  temporal  o  permanente  de  cualquiera  de  los
                                                              padres.
               Validez y caducidad de la residencia: En este caso
        el menor accede automáticamente al permiso de residencia     e)     Si el menor está en edad de escolarización
        que tenga el padre o la madre (temporal o permanente) con  obligatoria se ha de acreditar que ha estado matriculado y
        la misma duración del permiso que ellos tengan.       asistiendo  regularmente  a  clase  durante  el  tiempo  de
                                                              residencia (mínimo 2 años)
               Los padres han de solicitar la Tarjeta de identidad del
        Extranjero (TIE) para el menor, que tendrá la validez del    Validez y caducidad de la residencia:En este caso
        permiso de residencia que tengan los padres.          el menor accede a una residencia temporal por el mismo
                                                              tiempo que reste de vigencia a la residencia de los padres.
               El permiso de residencia del menor caduca con el
        permiso de los padres.                                       Los padres han de solicitar la Tarjeta de identidad del
                                                              Extranjero (TIE) para el menor, que tendrá la validez del
               Trámites para la renovación: Los padres han de  permiso de residencia.
        seguir  los  trámites  previstos  para  la  renovación  de  los
        permisos de residencia por reagrupación familiar del Art. 44  Trámites para la renovación: Los padres han de
        del Reglamento de la LOEx, según dispone el Art. 94.3.  seguir  los  trámites  previstos  para  la  renovación  de  los
                                                              permisos de residencia por reagrupación familiar del Art. 44
               Autorización para trabajar: Si la autorización de  del Reglamento de la LOEx, según dispone el Art. 94.3.
        residencia de los padres les autoriza a trabajar (por ser una
        autorización  temporal  con  permiso  de  trabajo  o  una    Autorización para trabajar: Esta autorización de
        autorización de residencia permanente), dado que el hijo  residencia no permite trabajar al menor mayor de 16 años,
        adquiere la misma residencia que los padres, cuando cumpla  ya que se asimila a la residencia temporal del reagrupado.
        los 16 años también podrá trabajar. Si la autorización de  Solamente podrá trabajar el menor cuando:
        residencia  de  los  padres no  les  permite  trabajar,  el  hijo
        tampoco podría hasta que no adquiera él una autorización     a)     Alcance  la  mayoría  de  edad  (18  años)  y
        de residencia autónoma que le permita trabajar.       obtenga  una  autorización  de  residencia  temporal
                                                              independiente de la del familiar y una autorización para



        30 Infancia, Juventud y Ley
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