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Articulado
Marco legal: Art. 72.3.c del Reglamento de la LOEx Marco legal: Art. 72.3.e) del Reglamento de la LOEx.
Quien tiene derecho: Tienen derecho los Quien tiene derecho: Tienen derecho los
extranjeros que hayan nacido en España y al llegar a la extranjeros mayores de edad que hayan sido tutelados por la
mayoría de edad acrediten haber residido legalmente y de entidad pública durante los 5 años inmediatamente
forma continuada en territorio español durante, al menos, anteriores de forma consecutiva.
los 3 años inmediatamente anteriores a la solicitud.
Procedimiento: Lo ha de solicitar la persona,
Procedimiento: Lo ha de solicitar la persona, acompañando la documentación que acredite:
acompañando la documentación que acredite:
a) La tutela por la entidad pública durante los
a) La residencia legal previa durante los 3 años 5 años anteriores.
anteriores.
b) Que no tiene antecedentes penales en
b) Que no tiene antecedentes penales en España o en su país (como mayor de edad penal).
España o en su país (como mayor de edad penal)
Validez y caducidad de la residencia: La validez de
Validez y caducidad de la residencia: La validez de la autorización es por 5 años, renovables sucesivamente cada
la autorización es por 5 años, renovables sucesivamente cada 5 años.
5 años.
Trámites para la renovación:Siguiendo los trámites
Trámites para la renovación: Siguiendo los del Art. 74 del Reglamento.
trámites del Art. 74 del Reglamento.
Autorización para trabajar: La autorización de
Autorización para trabajar: La autorización de residencia permanente conlleva la autorización para trabajar.
residencia permanente conlleva la autorización para trabajar
C. La residencia permanente de los
extranjeros mayores extutelados por una entidad pública
de protección de menores.
Infancia, Juventud y Ley 33