Page 14 - ESTATUTOS
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ASOCIACIÓN.¡,~

                                                                                               CENTRO TRAMI\  ~ n



                       Las vacantes que se produzcan con carácter definitivo podrán ser cubiertas
                provisionalmente  por la  Junta  Directiva  hasta  la  inmediata  convocatoria  de la
                Asamblea General para la elección de los cargos vacantes.

                       Transcurrido el plazo para el que fueron nombrados,  los miembros de la
                Junta Directiva continuarán de hecho en el desempeño de sus cargos hasta que
                la Asamblea General designe a quienes hayan de sustituirles.



                Artículo 25.- COMPETENCIAS DE LA JUNTA DIRECTIVA

                       A la Junta Directiva corresponde  la  representación  de la Asociación  en
                juicio y fuera  de  él  y en  toda  clase  de actos y contratos cuyo  conocimiento y
                decisión no estén expresamente atribuidos a la Asamblea General por la Ley o los
                Estatutos.

                       Por lo tanto  son competencias de la Junta Directiva:


                          a)  Ostentar  la  plena  representación de la Asociación en todos los
                              ámbitos.


                          b)  Ejecutar los acuerdos adoptados por la Asamblea General.

                         c)   Dirigir, organizar y coordinar las actividades de la Asociación y llevar
                              su gestión económica y administrativa.

                          d)  Elaborar y  someter anualmente a la aprobación de la Asamblea
                              General las cuentas, la memoria, el presupuesto y el programa de
                              actividades.

                         e)  Elaborar el Reglamento de Régimen Interior que será aprobado por
                              la Asamblea General.           ·


                          f)  Nombrar  delegados para alguna determinada actividad de la
                              Asociación.


                          g)  Nombrar a  los  miembros de las Comisiones que constituyen las
                             diferentes Secretarias.


                          h)  Aprobar o rechazar,  las propuestas de las diferentes Comisiones
                             que componen las distintas Secretarias, en orden a la consecución
                             de los fines y actividades de la Asociación.


             ·. · ·.:  : : · .•·. i)  Velar  por  el  cumplimiento de  los  Estatutos,  así como  la
                        . ..
          • ·  ··: • · ·  · · · ... : ·. · ·  interpretación de los mismos.
          . . . .
        . . . .
         .
         .
        .  . . .         . ..
                         j}. ·:Resolver provisionalmente sobre la admisión de nuevos socios .
            .  . .
            ,  .   . ..
              .  .
            .  . . .  . . .  . .
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