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por la que se deroga la Directiva no están cubiertos por las Directivas
86/613/CEE del Consejo. 2006/54/CE y 79/7/CEE.
Directiva 2011/36/UE, del Parlamento Establecer normas mínimas relativas a la
Europeo y del Consejo, de 5 abril de 2011, definición de las infracciones penales y de las
relativa a la prevención y lucha contra la sanciones en el ámbito de la trata de seres
trata de seres humanos y a la protección humanos. También introduce disposiciones
comunes teniendo en cuenta la perspectiva
de las víctimas y por la que se sustituye la de género para mejorar la prevención de este
Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo. delito y la protección de las víctimas.
Directiva 2011/99/UE, del Parlamento Establecer normas que permitan que una
Europeo y del Consejo de 13 de diciembre autoridad judicial o equivalente de un Estado
de 2011 sobre la orden europea de miembro en el que se haya adoptado una
protección medida de protección destinada a proteger a
una persona contra actos delictivos de otra
que puedan poner en peligro su vida, su
integridad física o psicológica y su dignidad, su
libertad individual o su integridad sexual, dicte
una orden europea de protección que faculte
a una autoridad competente de otro Estado
miembro para mantener la protección de la
persona en el territorio de ese otro Estado
miembro, a raíz de una infracción penal o una
presunta infracción penal con arreglo al
Derecho nacional del Estado de emisión.
Directiva 2012/29/UE, del Parlamento Garantizar que las víctimas de delitos reciban
Europeo y del Consejo, de 25 de octubre información, apoyo y protección adecuados y
de 2012, por la que se establecen normas que puedan participar en procesos penales.
mínimas sobre los derechos, el apoyo y la Los Estados miembros velarán por que se
protección de las víctimas de delitos, y por reconozca a las víctimas su condición como
tales y porque sean tratadas de manera
la que se sustituye la Decisión marco respetuosa y sensible, individualizada,
2001/220/JAI del Consejo profesional y no discriminatoria, en todos sus
contactos con servicios de apoyo a las
víctimas o de justicia reparadora, o con
cualquier autoridad competente que actúe
en el contexto de un procedimiento penal. Los
derechos establecidos en la presente Directiva
se aplicarán a las víctimas de manera no
discriminatoria, también en relación con su
estatuto de residencia.
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