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Entrevista




          sin convivencia, pero señala una serie de parámetros (que el   Para estos jóvenes hay programas basados en el modelo
          noviazgo sea conocido por familia y entorno, tiempo de rela-  teórico de la psicología cognitivo-conductual. Como dicen
          ción y frecuencia de los encuentros, naturaleza de los hechos   los psicólogos clínicos, la terapia cognitivo-conductual es una
          delictivos, existencia de relaciones sexuales) para concretar si   forma de intervención psicoterapéutica en la que destaca
          esa relación participa de las notas de estabilidad e intensidad   de forma prominente la reestructuración cognitiva, la pro-
          para ser considerara de análoga afectividad.          moción de una alianza terapéutica colaborativa y métodos
                                                                conductuales y emocionales asociados mediante un encuadre
          El auto de la Audiencia Provincial de Barcelona, Secc. 3ª, de 8   estructurado”.
          de agosto de 2005, había iniciado una dirección que nos parece
          adecuada y no ha tenido continuidad, al declarar que la rela-  Esos programas suelen desarrollarse en cuatro fases: evalua-
          ción de noviazgo entre dos menores de edad no puede equipa-  ción, hipótesis, intervención y seguimiento, en los que se van
          rarse a una relación matrimonial o de hecho entre dos adultos.  desde la recogida de información e identificación de las con-
                                                                ductas problemáticas, ver su origen y por qué se mantiene, ex-
          Allí se razonaba de la manera siguiente:              plicárselo a los padres, que entiendan cuál puede ser su parte
                                                                de responsabilidad, el trabajo con padres e hijos, individual o
          “La declaración de una persona ajena al menor y su novia, que   conjuntamente, cambiando ideas, enseñando a reforzar posi-
          da aviso a la policía al presenciar cómo el menor está pegando   tivamente, explicar incluso a los padres qué es educar, lo que
          a su novia, constituye indicio racional suficiente para tener por   implica ser afectivos, imponer una disciplina adecuada y que
          acreditado el hecho, que, además, está corroborado por las le-  haya una buena comunicación…
          siones que presentaba la menor Consuelo.
                                                                Recomendaría dos libros sobre esta materia. Uno, práctico, el
          Ahora bien, la lesión sufrida por Consuelo sólo precisó para su   Manual de Intervención para Familias y Menores con conductas
          sanidad de una asistencia médica y la aplicación del art. 153   de Maltrato, que una de sus autoras, Cristina Arias, me regaló
          CP, en este supuesto resulta discutible. La relación de noviaz-  durante unas jornadas sobre menores organizadas por el Co-
          go entre dos menores de edad, no puede equipararse a una rela-  legio de Abogados de Valencia. Otro, más “literario”, Educar a
          ción matrimonial o de hecho entre dos adultos. El art. 173 habla   la pantera, de Ignacio García-Valiño, psicólogo escolar y nove-
          de matrimonio o de análoga relación de afectividad, y ello no   lista fallecido recientemente.
          puede aplicarse al noviazgo de dos menores de edad, por ello,
          los hechos no revisten la gravedad necesaria para justificar la     Para usted, cual serían los argumentos básicos formati-
          media de internamiento en régimen cerrado”.              vos que deben transmitirse a los menores y adolescentes
                                                                   para atenuar su violencia?
          Hay otras  sentencias que se plantean si las relaciones de no-
          viazgo entre jóvenes exceden o no de la “mera amistad”.   Esa es una pregunta para mi amigo Carlos Vázquez, que tiene
                                                                un estupendo libro sobre la delincuencia juvenil y las distin-
          De todos modos tengo que reconocer que en la práctica no nos   tas teorías psicobiológicas, sociológicas y factores que influyen
          planteamos esas disquisiciones porque nos resulta más cómo-  en la conducta de los jóvenes infractores. Hay factores indi-
          do, y efectivo, el dar también a estos supuestos una respuesta   viduales, familiares, socioeducativos, el desempleo, grupos de
          similar a los de violencia sobre padres y ascendientes, aunque   amigos, drogas, medios de comunicación y socioambientales.
          la medida de convivencia lógicamente no se suele aplicar sino   Claro que influye la sociedad, el comportamiento criminal se
          otras y de forma general se añade la de alejamiento y prohibi-  aprende y puede haber una socialización deficiente. Hay teo-
          ción de comunicarse con la víctima.                   rías llamadas del aprendizaje social o de Leyes de la imitación.


             Además de la respuesta judicial en estos casos. Conside-  Las medidas o sanciones de la Ley están encaminadas a tra-
            ra que la intervención psicosocial debe tener algún tipo   tar de reparar esa situación, tratan de conseguir al resocializa-
            de componente específico?                           ción del menor. En ese aspecto son educativas,  no puramente
                                                                intimidatorias, el menor tiene que percibir las consecuencias
          En la violencia doméstica, de la misma forma que se denun-  indeseables de su conducta y tratamos de fomentar en él el
          cian los incidentes leves de la convivencia familiar, hay padres   autocontrol, el razonamiento abstracto, la autoestima, la em-
          que acuden a la Fiscalía desesperados, víctimas de agresio-  patía, el respeto a las reglas y convenciones sociales. Eso se
          nes, insultos o amenazas constantes o por hurtos de dinero   busca en todo caso. Por ejemplo, con la medida más leve, la de
          o bienes o con las casas destrozadas por sus hijos. Que han   amonestación, se le hará ver las razones que hacen socialmente
          aguantado más de lo recomendable o exigible confiando en   intolerables los hechos cometidos, las consecuencias que para
          que quizá podrían solucionarlo sin ayuda o para no poner en   él y la víctima han tenido, y se le formulan recomendaciones
          cuestión su tarea educativa, admitir su fracaso como padres.   para el futuro.
          Y sus dudas persisten a veces a lo largo del procedimiento, y
          vuelven a la Fiscalía a retractarse o perdonar cuando aprecian   Creo que disponemos gracias a la Ley del Menor, de instru-
          alguna mejoría. Es tan complicado y delicado…         mentos eficaces para tratar bien a jóvenes infractores y vícti-
                                                                mas. A los jóvenes expedientados me gusta decirles que esta-
          En otros países europeos la respuesta suele venir dada por el   mos para ayudarlos, que el “interés del menor” es el principio
          sistema de protección de menores, pero aquí, como hemos   que informa toda nuestra manera de actuar. Pero tengo claro e
          adelantado, la intervención desde el sistema penal es “integral”.  igualmente se lo advierto, que las medidas van de educativas a

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