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Entrevista
Avelino Fierro
Fiscal de menores de León
La ley Orgánica 5/2000 de Responsabilidad Penal de los
Avelino Fierro es fiscal de menores Menores sigue el “modelo del fiscal”, que llama algún
de León, aunque no tiene una dedicación estudioso holandés. Es un modelo, en lo que a la ins-
exclusiva a la jurisdicción de menores. trucción del proceso novedosa en España, habitual en la
Europa del norte pero inusual en nuestro país. En ella el
Fue profesor de Filosofía del Derecho
instructor es el fiscal. Que reflexiones le produce esa cir-
de la Facultad de Derecho de León
cunstancia en la aplicación tras la experiencia de catorce
y actualmente es colaborador honorífico
años desde su promulgación?
del departamento de Derecho Público
Básico y desde el año 2007 de la Escuela Es cierto que la Ley del Menor (LORPM) instaura en nuestro
de Práctica Jurídica del Colegio sistema la figura del Fiscal instructor, pero no lo es tanto que
de Abogados. nuestro modelo, siendo el del Derecho Europeo continental,
sea el de los países nórdicos.
Los modelos de intervención con los menores infractores han
Autor de diversas publicaciones en ido evolucionando desde el de protección o tutelar que aparece
en el contexto de la sociedad industrial de finales del XIX, ins-
el ámbito del derecho de Menores,
pirado en el positivismo criminológico y el correccionalismo
ha realizado en los últimos tiempos fun-
que equiparaba al menor al enfermo y persigue su curación
ciones de autor y revisor de la Guía
más que su castigo, orientándose hacia la prevención especial;
de actuación contra el Ciberacoso pasando por el modelo educativo o rehabilitador propio del
del Ministerio de Industria, Turismo Estado de Bienestar, que saca al menor del sistema judicial
y Comercio. penal e implica a la comunidad y a los servicios sociales, y
el modelo de responsabilidad o de justicia, que se implanta a
finales de los setenta y es el de nuestra ley.
Avelino Fierro es además u conocido En un trabajo que publiqué al poco tiempo de la entrada en
escritor. Su último libro, “Una habitación vigor de la ley, digo que el legislador español eligió el sistema
de “togas negras” y no el de “batas blancas”. Creo que es una
de Europa” (Eolas Ediciones, 2014),
opción adecuada, en línea con la mayoría de los ordenamien-
es el resultado de una inmersión en su
tos europeos, y con la normativa internacional como las Reglas
mundo íntimo a través de un conjunto
de Beijing o el Convenio de los Derechos del Niño. Se dan
heterodoxo de poemas, ensayos, crónicas respuestas educativas –y “responsabilizadoras”– a los meno-
de viajes, cartas, reflexiones… res, que les hagan ver el desvalor social de su comportamiento.
que confluyen en un texto armónico El elenco de medidas es tan amplio y hay tal flexibilidad en
y literario. Además, Fierro es artífice su aplicación que puede decirse que todo menor infractor en-
de un diario personal (Querido diario) cuentra tratamiento adecuado. Y la posibilidad de conciliacio-
en la revista cultural Tam Tam Press. nes, acuerdos extrajudiciales o desjudicialización son amplias;
en nuestra Fiscalía han superado a veces estos expedientes a
aquellos en que se somete al menor al procedimiento penal
hasta la celebración del juicio o audiencia.
Decía que no estoy de acuerdo con esa apreciación del estu-
dioso holandés que se menciona en la pregunta. Nuestro sis-
tema de justicia juvenil se parece más al alemán, como suce-
de con el Derecho penal ordinario o de adultos; la influencia
de la dogmática penal alemana es evidente. En Dinamarca,
Finlandia o Suecia no existe un sistema de Derecho Penal de
Menores tal como nosotros lo entendemos actualmente. Sigue
allí teniendo bastante vigencia el modelo de bienestar en el
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