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necesarias para evitar el contacto entre, por una parte, las víctimas niños y niñas víctimas de delitos, así como los cauces de
y sus familiares, y, por otra, el infractor, en las dependencias donde hacer efectivos los derechos que le son reconocidos. Deben
se celebre el proceso penal, salvo que este lo requiera. El punto 2., establecerse, entre otros aspectos, la obligatoriedad de es-
prosigue en esta línea: Los Estados miembros garantizarán que pacios especialmente habilitados en los juzgados y de per-
toda nueva dependencia de los tribunales cuente con salas de espera sonal técnico especializado para su adecuada valoración de
separadas para las víctimas. acuerdo con las Directrices de Naciones Unidas sobre niños
y niñas víctimas o testigos de delitos y las Directrices de la
Unión Europea.
IV. Experiencias españolas
d) Incorporar la normativa sobre funcionamiento del sistema
judicial una descripción de las funciones de los diferentes
En nuestro país no ha habido excesivas experiencias de accio- profesionales de los equipos técnicos adscritos a los juzga-
nes o programas que propicien el desarrollo del concepto de dos, así como un catálogo básico de sus derechos y obli-
justicia amigable. gaciones. En lo que respecta a las funciones del psicólogo,
coincidimos con Arce y Fariña (2005) en que la finalidad
Algunas investigaciones se han dirigido hacia la elaboración del procedimiento recae, en última instancia, en el entrevista-
de materiales de buenas prácticas, con la finalidad de informar dor/evaluador. Es por esto que se hace preciso que la interven-
y regular la actuación de los diversos agentes involucrados en ción la realicen profesionales con alta formación y experiencia.
las diferentes instancias del proceso y de esta manera, apoyar
sus esfuerzos que mejoren de las condiciones y la idoneidad de b) Programas
las actuaciones con los menores inmersos en procesos legales,
ya sea como víctimas o como causantes. El programa “Justicia e infancia” de la Federación de Asocia-
ciones para la Prevención del Maltrato infantil (FAPMI) y la
La intervención debe comenzar en el momento en que se ini- Universidad de Comillas, tiene como objetivo la mejora de la
cie el proceso judicial, y debe mantenerse hasta su finalización, atención a la infancia y la adolescencia en el marco jurídico y
es decir, alcanza a agentes como policías, escuelas, hospitales, a la prevención de las consecuencias indeseadas que su partici-
organismos de protección o de reforma y a todos los departa- pación en este espacio pudiesen generar.
mentos de Justicia y de Asuntos Sociales que intervengan en
su puesta en escena. En el inicio del programa, los responsables realizaron una re-
visión bibliográfica y documental que les permitió redactar
a) Informes los primeros borradores hasta la creación del Decálogo para
la prevención del maltrato institucional a la Infancia y la Ado-
1) En primer lugar reseñamos el informe de Shave the Chil- lescencia. Posteriormente a este trabajo, el programa elaboró
dren: Infancia y justicia: Una cuestión de derechos, en el que un conjunto de materiales dirigidos a todos los agentes invo-
reconoce los avances realizados en España pero incide en lucrados en los procesos judiciales, en los que se explicaban,
situaciones manifiestamente mejorables. por colectivos de agentes, los elementos dinámicos del sistema
judicial, así como las posibles situaciones en las que los niños y
Las recomendaciones que dicho informe realiza, son entre adolescentes y sus familias podían encontrarse.
otras las siguientes:
El programa presenta los siguientes objetivos:
a) Creación de una Subcomisión en el Congreso, que estudie el
modo de hacer accesibles y adaptados a los niños y las ni- a) Mejorar la atención a los niños, niñas y adolescentes que se
ñas los procedimientos judiciales de acuerdo al estado evo- ven en la obligación de participar en procesos de carácter
lutivo de sus capacidades. El objetivo de esta subcomisión jurídico y especialmente de carácter judicial mediante la
debería ser la adopción de una serie de recomendaciones promoción de buenas prácticas y recomendaciones aplica-
que orienten las reformas necesarias en el ámbito de la Ad- bles por los profesionales e instituciones del acto.
ministración de Justicia para adaptarla a las necesidades de
los niños y niñas de acuerdo a las normas y los estándares b) Ofrecer información tanto de carácter legal como psicoso-
internacionales de derechos humanos. También se deberá cial a los profesionales que rodean a los niños y adolescen-
analizar las necesidades presupuestarias adecuadas para su tes en el proceso judicial, de modo que puedan prestarles
puesta en marcha. la mayor atención posible y prevenir el maltrato provocado
por la propia dinámica de la institución.
b) Reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial, para la creación
de una jurisdicción especializada para los procesos de dere- c) Orientar nuestras actuaciones a todos los agentes involucra-
cho de familia que cuente con personal especializado y que dos en el proceso, con atención a las personas menores de
disponga de los medios adecuados para garantizar que en edad y sus familias.
todos los procedimientos en los que se vea aceptado un niño
o una niña, se ejercen conforme a normas internacionales. d) Incidir de una manera especial en los responsables con
capacidad de toma de decisiones en todo lo relativo a la
c) Aprobar una ley, sobre el Estatuto de la víctima, en el proceso atención a la infancia y adolescencia en el ámbito de la
penal, que de manera expresa contemple la situación de los Administración de Justicia.
Infancia, Juventud y Ley 11