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Articulado




       de apoyo, que las partes designen; y las reuniones restaurativas   mecanismos que permiten reparar el daño a la víctima y a la
       son más amplias, donde además pueden participar miembros   comunidad desde un enfoque de la justicia restaurativa.
       de la comunidad; tanto las conferencias familiares como las
       reuniones restaurativas están dirigidas con un facilitador. En   2.1. tipos de procesos
       todos estos procesos deliberativos se debe lograr un encuentro
       entre las partes; que éstas puedan narrar su historia sobre los   Para reparar el daño ocasionado por un adolescente que ha
       hechos y sus consecuencias; expresar sus sentimientos y emo-  cometido una infracción ser requiere desarrollar procesos res-
       ciones; entender el daño ocasionado y encontrar maneras de   taurativos. Estos procesos pueden ser:
       solucionarlo; y, finalmente, llegar a compromisos y acuerdos.
       De hecho, los procesos cara a cara, no adversariales, informa-  a. Procesos con participación de la víctima:
       les, voluntarios y seguros, tienen las mejores condiciones para
       determinar obligaciones restaurativas (Walgrave, 2001).  En caso que se opte por un proceso con participación de la víctima
                                                             se decidirá si la participación es directa o indirecta.
       Es importante precisar que estos procesos si bien son volun-
       tarios, están condicionados; es decir que, en caso que no haya   Es directa cuando hay un encuentro cara a cara entre el ado-
       voluntad de participar por parte de la persona que agredió y de   lescente infractor y la víctima; En caso que se opte por un
       la persona perjudicada, se recurren a los procesos coercitivos a   encuentro cara a cara, se podrá utilizar
       través del sistema de justicia. También es importante precisar
       que la dimensión de la voluntariedad es una pieza clave en   — mediación donde participa el adolescente, un adulto res-
       los procesos restaurativos, en la medida que si ha optado por   ponsable del adolescente y la víctima;
       un proceso deliberativo, el reconocimiento y arrepentimiento
       sincero por parte del autor del hecho cometido, casi asegura   — reunión Familiar donde participa el adolescente, un adul-
       el cumplimiento con sus obligaciones restaurativas, tanto las   to responsable del adolescente y persona de apoyo, y la víc-
       relacionadas con la reparación del daño como con su compro-  tima, familia y persona de apoyo;
       miso de seguir un programa orientado a su reintegración en la
       comunidad. En caso que no cumpla con ellas, siempre queda la   — reunión restaurativa donde además de los participantes
       posibilidad de ser retornado al sistema de justicia.     del parágrafo anterior, pueden participar miembros de la
                                                                comunidad y operadores de justicia, sin ejercer su rol.
       Si bien los procesos deliberativos son los más apropiados y
       tienen mejores resultados que los procesos coercitivos, sin em-  Es indirecta cuando la víctima no desea participar cara a cara
       bargo la justicia restaurativa estaría muy limitada y relegada si   con el adolescente; en estos casos se puede designar un re-
       sólo se focaliza en procesos voluntarios circunscritos a los ca-  presentante de la víctima o simplemente el facilitador hace
       sos más sencillos; por ello, Walgrave (2001) propone una ver-  referencia de la voluntad de la víctima en los procesos restau-
       sión maximalista de la justicia restaurativa que se centra en los   rativos. En estos se puede promover cartas de disculpa, o ac-
       resultados restaurativos, y por tanto, considera la posibilidad   ciones a favor de otras víctimas o de la comunidad. La víctima,
       de aplicar sanciones reparativas impuestas coercitivamente a   si ella acepta, podrá ser informada de las acciones que realiza
       través de un proceso judicial, como por ejemplo restitución de   el adolescente.
       bienes, pagos compensatorios, servicios a la comunidad, etc.
       Vale la pena señalar, que para algunos defensores de la justicia   b. Procesos sin participación de la víctima:
       restaurativa dicha versión distorsiona su carácter, toda vez que
       los sistemas de justicia son esencialmente retributivos; ellos   En caso que se opte por un proceso sin participación de la víctima
       proponen una versión minimalista abocada únicamente a los   (cuando no hay una víctima claramente identificable o cuando
       procesos deliberativos.                               no se ha logrado contactarla)  se pueden realizar reuniones
                                                             familiares y reuniones restaurativas únicamente con el ado-
       En resumidas cuentas la justicia restaurativa propone dos pro-  lescente y su adulto responsable. La forma de reparar el daño
       cesos alternativos y complementarios, uno deliberativo y otro   podrá comprender acciones en beneficio de otras víctimas o de
       coercitivo. El flujo ideal entre ambos debería priorizar los pro-  la comunidad (acciones comunitarias o prestaciones de servi-
       cesos deliberativos en cualquier momento del proceso (antes   cio a la comunidad).
       del proceso, durante el juicio y en el cumplimiento de la sen-
       tencia), y sólo cuando éstos han fracasado, se deberían seguir   Es importante tener en cuenta que en toda experiencia en la
       los procesos coercitivos.                             que se trate de aplicar el enfoque restaurativo, debe procurarse
                                                             generar un espacio para atender a la víctima, el mismo que
                                                             debe ser generado desde el momento mismo de la ocurrencia
                                                             del hecho. La finalidad de este no es sólo asegurar la repara-
                   2. los procesos restaurativos
                                                             ción del daño sino que la víctima sienta que es acompañada,
                                                             entendida y escuchada.
       Para la justicia restaurativa el tema de reparación del daño
       constituye uno de los elementos fundamentales; y para con-  Es también necesario tener en cuenta que la infracción a la ley
       cretarlo se requieren un conjunto de procedimientos y herra-  ha generado un daño a la comunidad, por lo que en los proce-
       mientas que denominamos procesos restaurativos. En con-  sos restaurativos es importante pensar formas de reparación el
       secuencia entendemos como procesos restaurativos aquellos   daño a la comunidad.

                                                                                          Infancia, Juventud y Ley 31
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