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Articulado
se nos presente aquí y no nos quede más remedio que que arraigue entre alguien, que pueda tener experiencias
reconocerles su estatus de infancia y atenderlos. Por eso hay ligadas al mundo joven y al mundo laboral, que administre
quien se revuelve, se niega a cumplir lo acordado, pone pegas alguna pequeña economía. La tutela legal hace posible la
a hacer efectivos los derechos también para ellos y ellas. tutela educativa. Permite crear los contextos necesarios para
el acompañamiento en el proceso personal y en el proceso de
No existe la posibilidad de debatir esta cuestión ni incorporación social, para ayudar a estabilizar el presente y
de inventarse excepciones. No se puede hacer una lectura para proyectarse en el futuro. Se trata hacer de posible que de
resignada de la Convención, como si por su culpa la tutela pasen a la ciudadanía, de evitar que de la soledad
estuviéramos obligados a dar a los menores de 18 años la adolescente pasen a la soledad joven y de esta a la ilegalidad
atención que no reciben en su país. Haber firmado la del emigrante adulto.
Convención supone trabajar para hacer posible las infancias
9. La deportación o el mito de la
de todas y todos. Supone tener la obligación jurídica de 9. La deportación o el mito de la posibilidad de retorno
proteger a los que son menores y están entre nosotros. Nos posibilidad de retorno
ocupamos de ellos porque forman parte de la infancia no Las problemáticas de la inmigración adulta, el
porque están entre nosotros. Tanto si están aquí, como si se desbordamiento del sistema protector y la tendencia al olvido
consigue que no vengan, como si se les devuelve a sus lugares de la Convención, hacen que se ponga como primera opción
de origen, hay que preocuparse de que la Convención se (más teórica que real, que se convierte en abandono final a
cumpla. Nuestra obligación no nace de que hayan traspasado sus suerte) el retorno a su país, la repatriación a sus lugares
nuestras fronteras. de origen. Ciertamente, hacer posible que puedan llegar a
ser jóvenes y adultos en su propio entorno, evitar que un
8. Evitar la soledad marginal proceso migratorio en estas edades se convierta en desarraigo
8. Evitar la soledad marginal
permanente en sociedades difíciles que no los aceptan, debe
El principal de los criterios para la intervención debía planificarse como una forma de dar sentido y contenido en
haber sido, debe ser, el de tutelarlos automáticamente. El de clave de derechos a sus infancias. Puede y debe plantearse
comenzar a atenderlos con la decisión (todo los provisional como una opción singular pero no como la propuesta
que se quiera) de corregir su soledad, su ausencia de adultos. universal .
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Podemos discutir sobre las características de su desamparo
pero, sabemos que para poder ayudar a estos chicos resulta Los cambios en los movimientos migratorios
clave que dispongan pronto de un adulto de referencia, de un adolescentes han hecho que la inmensa mayoría de los que
educador o educadora que les ayude a gestionar su soledad, vienen hayan dejado familias en sus lugares de origen con las
a situar con realismo el proyecto imaginario que les impulsó que se sienten vinculadas. De hecho una gran parte de su
a emigrar, a descubrir sus posibilidades y a conocer las dolor, de su dificultad, tiene que ver con las familias que
limitaciones y contradicciones de la sociedad a la que han dejaron, en condiciones difíciles, a veces con un episodio de
llegado. ruptura. Las indagaciones que la administración protectora
debe hacer sobre el núcleo familiar de origen han de estar
Recordemos que el sentido de la tutela es completar destinadas, en primer lugar, a reconstruir las relaciones, a
o substituir las funciones parentales de supervivencia, mantener esos vínculos, a construir otras referencias de
educación, acceso social, satisfacción existencial, origen si fuera necesario.
especialmente en los ciclos y los momentos vitales que
condicionan de manera importante su futuro. En algunos Estudiar si es adecuado el retorno y hacerlo posible
casos, además, lo hacemos para impedir la destrucción o el no puede basarse en la simple consideración de la existencia
impacto negativo de las personas adultas que les rodean. En de familia en origen. Debe considerar, al menos, cuatro
el caso que nos ocupa, además, porque su marginalidad y su aspectos:
exclusión es una variable dependiente de ella, dependiente
de que tengan “papeles” que les den existencia para la 1. El estudio del entorno de origen y de las
sociedad en la que están. condiciones familiares (en muchos casos volver al país no
significa que vuelvan con sus familias aunque estas quieran,
Al actuar con la tutela sobre su “soledad” ya que el proyecto de futuro en ese entorno es inviable).
permitimos, en primer lugar, su existencia jurídica. Será como
el primer papel que les permitirá existir. La tutela, aunque 2. Las posibilidades reales de de ayudarle en
sea provisional y a la espera de decidir conjuntamente qué su propio entorno o, al menos, en su país (la posibilidad real,
posibilidades tiene su vida entre nosotros, hace que sean no teórica, de ayudarle materialmente, de acompañarlo en
posibles otros apoyos, que aprenda, que se atienda su salud, un itinerario formativo y laboral, etc.)
40 Infancia, Juventud y Ley