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Infancia, Juventud y Ley
a cabo actuaciones de esta un trabajo monográfico. sustancias psicotrópicas o
naturaleza. estupefacientes o bebidas
A modo anecdótico indicar que alcohólicas.
La segunda cuestión a en el catálogo de faltas muy
plantearse es el Juez al que graves previsto en el artículo g) Introducir o poseer en el centro
comunicar el hecho, si el de 62 hay un error que no ha sido armas u objetos prohibidos por
la provincia donde ubique el corregido, pues de la letra c) su peligro para las personas.
centro o el del que dependa se pasa a la letra e):
el menor, en aquellos casos h) Inutilizar deliberadamente
en que uno y otro sean “Artículo 62. Faltas muy graves. las dependencias, materiales
diferentes. o efectos del centro o las
Son faltas muy graves: pertenencias de otras personas,
También genera dudas la causando daños y perjuicios
referencia contenida en la a) Agredir, amenazar o superiores a 300 euros.
letra e) del nº 5 en relación coaccionar de forma grave a
a la solicitud por el director cualquier persona dentro del i) Sustraer materiales o efectos
de autorización para la centro. del centro o pertenencias de
aplicación de otros medios otras personas.”
de control adecuados cuando b) Agredir, amenazar o coaccionar
el resultado del registro de forma grave, fuera del centro, Uno de los temas que ya se ha
con desnudo integral fuera a otro menor internado o a analizado en foros es si para
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infructuoso, solicitud que personal del centro o autoridad la imposición de una sanción
deberá hacerse a la autoridad o agente de la autoridad, cuando de separación del grupo de
judicial competente. La el menor hubiera salido durante hasta dos días de duración
cuestión es ¿quién es ésta?: el internamiento. en el caso de las faltas graves
¿el juez de guardia?, ¿el juez es requisito necesario que
de menores? Algo similar c) Instigar o participar en concurra “evidente agresividad,
ocurre en el RP en el artículo motines, plantes o desórdenes violencia y alteración grave de
68.4, redacción que no es fruto colectivos. la convivencia”, pues el nº 3
de la casualidad, sino de las d) Intentar o consumar la del artículo 65 no lo establece,
dudas que existían respecto al evasión del interior del centro o a diferencia de lo previsto en
juez competente. 9 cooperar con otros internos en el nº 2 para las faltas muy
su producción. graves, donde expresamente
11. REGIMEN DISCIPLINARIO sí se hace.
(ARTS. 59 A 84) e) Resistirse activa y gravemente
al cumplimiento de órdenes La solución debe venir por la
Quedaría por analizar el recibidas del personal del centro interpretación que se haga del
régimen disciplinario regulado en el ejercicio legítimo de sus artículo 60.4.a) de la LORPM ,
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en los artículos 59 y siguientes, atribuciones. si se entiende que la referencia
materia por la que pasaré de f) Introducir, poseer o consumir es única y exclusivamente a
puntillas, pues podría merecer en el centro drogas tóxicas, la sanción o también a sus
9 Artículo 68.4 RP: “Si el resultado del cacheo con desnudo integral fuese infructuoso y persistiese la sospecha, se
podrá solicitar por el Director a la Autoridad judicial competente la autorización para la aplicación de otros medios
de control adecuados.”
10 Entre otros en la jornada profesional de trabajo, reflexión y análisis, sobre el Reglamento de desarrollo de la Ley
Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, celebrada en Murcia los
días 16 y 17 de febrero de 2005, organizada por el Observatorio Internacional de Justicia Juvenil.
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