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Infancia, Juventud y Ley






                  a  cabo  actuaciones  de  esta   un trabajo monográfico.      sustancias   psicotrópicas   o
                  naturaleza.                                                   estupefacientes   o   bebidas
                                                 A modo anecdótico indicar que   alcohólicas.
                  La   segunda   cuestión   a    en  el  catálogo  de  faltas  muy
                  plantearse  es  el  Juez  al  que   graves  previsto  en  el  artículo   g) Introducir o poseer en el centro
                  comunicar  el  hecho,  si  el  de   62 hay un error que no ha sido   armas  u  objetos  prohibidos  por
                  la  provincia  donde  ubique  el   corregido,  pues  de  la  letra  c)   su peligro para las personas.
                  centro  o  el  del  que  dependa   se pasa a la letra e):
                  el  menor,  en  aquellos  casos                               h)  Inutilizar  deliberadamente
                  en  que  uno  y  otro  sean    “Artículo 62. Faltas muy graves.  las  dependencias,  materiales
                  diferentes.                                                   o  efectos  del  centro  o  las
                                                 Son faltas muy graves:         pertenencias de otras personas,
                  También  genera  dudas  la                                    causando  daños  y  perjuicios
                  referencia  contenida  en  la   a)   Agredir,   amenazar   o   superiores a 300 euros.
                  letra  e)  del  nº  5  en  relación   coaccionar  de  forma  grave  a
                  a  la  solicitud  por  el  director   cualquier  persona  dentro  del   i) Sustraer materiales o efectos
                  de   autorización   para   la   centro.                       del  centro  o  pertenencias  de
                  aplicación  de  otros  medios                                 otras personas.”
                  de  control  adecuados  cuando   b) Agredir, amenazar o coaccionar
                  el  resultado  del  registro   de forma grave, fuera del centro,   Uno de los temas que ya se ha
                  con  desnudo  integral  fuera   a  otro  menor  internado  o  a   analizado en foros  es si para
                                                                                                10
                  infructuoso,   solicitud   que   personal  del  centro  o  autoridad   la  imposición  de  una  sanción
                  deberá hacerse a la autoridad   o agente de la autoridad, cuando   de  separación  del  grupo  de
                  judicial   competente.   La    el menor hubiera salido durante   hasta  dos  días  de  duración
                  cuestión  es  ¿quién  es  ésta?:   el internamiento.          en el caso de las faltas graves
                  ¿el juez de guardia?, ¿el juez                                es  requisito  necesario  que
                  de  menores?  Algo  similar    c)  Instigar  o  participar  en   concurra “evidente agresividad,
                  ocurre en el RP en el artículo   motines,  plantes  o  desórdenes   violencia y alteración grave de
                  68.4, redacción que no es fruto   colectivos.                 la  convivencia”,  pues  el  nº  3
                  de  la  casualidad,  sino  de  las   d)  Intentar  o  consumar  la   del artículo 65 no lo establece,
                  dudas que existían respecto al   evasión del interior del centro o   a  diferencia  de  lo  previsto  en
                  juez competente. 9             cooperar  con  otros  internos  en   el  nº  2  para  las  faltas  muy
                                                 su producción.                 graves,  donde  expresamente
                  11. REGIMEN DISCIPLINARIO                                     sí se hace.
                  (ARTS. 59 A 84)                e) Resistirse activa y gravemente
                                                 al  cumplimiento  de  órdenes   La  solución  debe  venir  por  la
                  Quedaría  por  analizar  el    recibidas del personal del centro   interpretación que se haga del
                  régimen  disciplinario  regulado   en  el  ejercicio  legítimo  de  sus   artículo 60.4.a) de la LORPM ,
                                                                                                         3
                  en los artículos 59 y siguientes,   atribuciones.             si se entiende que la referencia
                  materia  por  la  que  pasaré  de   f)  Introducir,  poseer  o  consumir   es  única  y  exclusivamente  a
                  puntillas, pues podría merecer   en  el  centro  drogas  tóxicas,   la  sanción  o  también  a  sus



                  9 Artículo 68.4 RP: “Si el resultado del cacheo con desnudo integral fuese infructuoso y persistiese la sospecha, se
                  podrá solicitar por el Director a la Autoridad judicial competente la autorización para la aplicación de otros medios
                  de control adecuados.”

                  10 Entre otros en la jornada profesional de trabajo, reflexión y análisis, sobre el Reglamento de desarrollo de la Ley
                  Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, celebrada en Murcia los
                  días 16 y 17 de febrero de 2005, organizada por el Observatorio Internacional de Justicia Juvenil.




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