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Infancia, Juventud y Ley
existe actualmente en España, personas, causando en ellos causa justificada, en el día y
pues junto al catálogo de daños de cuantía elevada. la hora establecidos, después
infracciones previsto en los de una salida temporal
artículos 62 a 64 del RLORPM g) Sustraer materiales o efectos autorizada.
existe otro previsto en el del centro, o pertenencias de
artículo 38 de la Ley 27/2001, otras personas. f) Desobedecer las directrices
de 31 de diciembre, de justicia y las instrucciones recibidas
juvenil de Cataluña: h) Introducir, poseer o consumir del personal trabajador del
en el centro drogas tóxicas, centro en el ejercicio legítimo
Artículo 38. Faltas sustancias psicotrópicas o de sus funciones, o resistirse
disciplinarias: estupefacientes. pasivamente a cumplirlas.
1. Las faltas disciplinarias i) Introducir o poseer en g) Inutilizar deliberadamente
tipificadas por la presente Ley el centro armas u objetos los materiales, las
se clasifican en muy graves, prohibidos por el hecho de instalaciones o los efectos del
graves y leves. que comportan peligro para las centro, o las pertenencias de
personas. otras personas, causando en
2. Son faltas muy graves: ellos daños de poca cuantía.
j) Haber sido sancionado por la
a) Agredir, amenazar o comisión de tres faltas graves h) Causar daños de cuantía
coaccionar a cualquier persona durante los últimos seis meses elevada por temeridad en el
dentro del centro. de internamiento. uso de los materiales, las
instalaciones, los efectos del
b) Agredir, amenazar o 3. Son faltas graves: centro o las pertenencias de
coaccionar, fuera del centro, otras personas.
habiendo salido durante el a) Insultar a cualquier persona
internamiento, a otra persona o faltarle gravemente al i) Introducir o poseer en el
internada, trabajadora del respeto dentro del centro. centro objetos o sustancias
centro o a una autoridad en que estén prohibidos por las
el ejercicio legítimo de sus b) Insultar, fuera del centro, normas de funcionamiento
funciones. habiendo salido durante el interno.
internamiento, a otra persona
c) Participar en motines, internada o trabajadora del j) Consumir en el centro
insubordinaciones o centro o a una autoridad sustancias que estén
desórdenes colectivos, o en el ejercicio legítimo de prohibidas por las normas de
instigarlos. sus funciones, o faltarles funcionamiento interno.
gravemente al respeto.
d) Consumar la fuga del k) Haber sido sancionado o
centro. c) Instigar a otros menores o sancionada por la comisión de
jóvenes internados a participar cinco faltas leves durante el
e) Resistirse de forma activa en motines, insubordinaciones último año de internamiento.
y grave al cumplimiento de las o desórdenes colectivos, 4. Son faltas leves:
directrices o las instrucciones sin conseguir que éstos los
del personal trabajador del secunden. a) Faltar levemente al respeto
centro en el ejercicio legítimo a cualquier persona dentro el
de sus funciones. d) Intentar de forma manifiesta centro.
f) Inutilizar deliberadamente las la fuga del centro o facilitar la
instalaciones, los materiales fuga de otras personas. b) Faltar levemente al respeto,
o los efectos del centro o fuera del centro, habiendo
las pertenencias de otras e) No volver al centro, sin salido durante el internamiento,
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