Page 6 - ESTATUTOS
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ASOClACTÓN~~\4

                                                                                               CENTRO TRAMA 1




                          c)  Ser informado:

                                  - Acerca  de la composición de los órganos de gobierno y
                                     representación  de  la  Asociación.  Sobre  los  acuerdos
                                     adoptados por estos.

                                  - Del estado de cuentas.

                                  - Del desarrollo de la  actividad de la Asociación.


                         d)  Exponer a la Junta Directiva las iniciativas y sugerencias que crean
                              oportunas  en  orden  al  mejor  cumplimiento  de  los  fines  de  la
                              Asociación.

                        e)    Utilizar los servicios que la Asociación tenga dispuestos en beneficio
                             de sus socios y disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la
                             Asociación pueda obtener.


                          f)  En  general,  todos aquéllos que se reconocen a los demás
                             miembros.

                      Si  se  creara  una  filial  juvenil  de  la  asociación  los jóvenes,  mayores de
               catorce  años  y  menores  de  dieciocho,  podrán  asistir a  las  asambleas  de  la
               Asociación con  voz pero sin voto,  sin  perjuicio de lo que se establezca para  la
               Filial juvenil.


                      Los miembros colaboradores  y de honor tendrán en general los mismos
               derechos que  los  socios fundadores  y de  número excepto en  lo  relativo a su
               participación  en  las  Asambleas  Generales  en  las  cuales  tendrán  derecho  a
               intervenir exponiendo sus opiniones y propuestas pero no podrán intervenir en las
               votaciones que  se  celebren.  Tampoco  pod_rán  ser electores  ni  elegidos  para
               ocupar cargos en los órganos de Gobierno y administración. ·


                      El apartado c) quedará para ellos redactado de la siguiente manera:

                             Recibir información de las publicaciones y memorias de actividades
                             de la Asociación.



               Artículo 12.- OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS



                 .  .  .
                  • .  • Son obligaciones de los socios fundadores y de número:
               . . ·.  . . . · .
            • :·:: .. ·  • ··:~r:compartir  los  fines  de  la Asociación y colaborar para su
          . . . .          :. c0nsecución .
              :·
           .
                            . ...
            .
                             . .
           .
               : · ·.  •  •  .b) ··Participar  diligentemente en  las acciones acordadas por la
               : ·:  :  ·:  : . :  Asociación.
               . . . . . . . . .
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