Page 5 - ESTATUTOS
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CENTRO TRAMA 1
Artículo 10.- PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE SOCIO
Los miembros numerarios y los fundadores podrán perder la condición de
socio:
a) Por renuncia voluntaria, que deberá comunicarse a la Junta
Directiva, la cual informará a la Asamblea General en la primera
reunión que ésta celebre.
b) Por acumular seis o más cuotas impagadas, ya sean ordinarias o
extraordinarias.
c) Por conductas incorrectas que supongan la vulneración de los fines
de la Asociación o el incumplimiento de las obligaciones recogidas
en el artículo 12 de estos Estatutos, o que ocasionen desprestigio
o menoscabo a la Asociación o perturben gravemente la normal
convivencia entre los socios.
En el caso del último párrafo anterior, deberá incoarse previamente
expediente sancionador, en el que habrá de constar, como trámite esencial, la
audiencia al socio presuntamente infractor, quien deberá haber sido informado
con anterioridad de los hechos que hayan dado lugar a la adopción de tal medida.
Podrán ser suspendidos temporalmente en el ejercicio de sus derechos
como socios, hasta que regularicen su situación, aquellos miembros numerarios
que no hayan abonado sus cuotas de forma puntual, salvo que, a juicio de la
Junta Directiva, justifiquen satisfactoriamente el incumplimiento de su obligación
de pago. Y en cualquier caso la morosidad no podrá ser apreciada sin un
apercibimiento previo.
Los miembros colaboradores y de honor perderán tal condición a petición
propia o a propuesta de la junta directiva, cuando dejen de colaborar con la
Asociación o cuando demuestren contradicción con los fines y valores que ésta
propugna. Esta contradicción deberá ser apreciada por la Asamblea a propuesta
de la Junta Directiva.
Artículo 11.- DERECHOS DE LOS SOCIOS
Los socios fundadores y los numerarios tendrán los siguientes derechos .
. :: : ··.: f: .' :J;t~ .Asistir a las Asambleas Generales con voz y voto en los términos
..
•• • •. • • : • • •• tlUe establecen en los artículos 15 y siguientes de estos Estatutos.
. .
.
. .
. . . . . .
:· b) ·.:J;.:irticipar en las actividades de la Asociación y en sus órganos de
.. . . . .
• • • ·: • ·. • . . • •. • gobierno y representación.
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