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BOLETÍN “IGUALDAD EN LA EMPRESA” nº 56
25 de Noviembre, Día Internacional de la
Eliminación de la Violencia contra la Mujer
Recomendaciones para las empresas en la protección de las mujeres víctimas de
violencia de género
Es aconsejable incorporar, en los planes de igualdad, un Protocolo de protección de las
mujeres víctimas de violencia de género que contenga la información necesaria sobre los
derechos laborales que las amparan. A modo orientativo en el siguiente cuadro se ofrecen
algunas recomendaciones:
PROTOCOLO PARA LA PROTECCIÓN DE LAS TRABAJADORAS VÍCTIMAS DE
VIOLENCIA DE GÉNERO
DERECHOS LABORALES
Reducción de jornada.
Reordenación de la jornada.
PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN
Cambio de centro de trabajo o
Determinación de la forma de movilidad geográfica.
acreditación de la situación de Justificación de faltas de
violencia por parte de la puntualidad o ausencias
trabajadora. motivadas por la situación física
Método de solicitud de los o psicológica derivada de la
violencia.
derechos y garantías que le
asisten. Suspensión de la relación
laboral con reserva del puesto
de trabajo.
Condiciones de reincorporación
al puesto de trabajo.
DERECHOS DE SEGURIDAD SOCIAL SENSIBILIZACIÓN Y FORMACIÓN
Reconocimiento de la cotización Información sobre recursos
a la Seguridad Social durante la jurídicos y psicológicos
suspensión de la relación disponibles.
laboral. Acciones de sensibilización y/o
formación.
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