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BOLETÍN “IGUALDAD EN LA EMPRESA” nº 50
22 de febrero, Día de la Igualdad Salarial
SENTENCIA
TRIBUNAL CONTENIDO
(enlace directo)
Con este Auto se homologa una subida salarial a todas las camareras
TSJ de las Islas de piso de una cadena hotelera en Las Palmas como alternativa a la Auto 40/2018
Canarias demanda por discriminación salarial. El acuerdo obliga a abonar a
todas sus camareras de piso un plus mensual de 100€ brutos a través
de un plan quinquenal, con el fin de mitigar la brecha salarial.
El fallo considera que se ha vulnerado el derecho a la igualdad y
TSJ de no discriminación por razón de sexo de la demandante, dado que Sentencia
Andalucía percibía unas retribuciones sustancialmente inferiores a la de los otros 246/2018
responsables de departamento de la empresa demandada, todos ellos
hombres.
Una gran empresa de fabricación de neumáticos debe continuar
abonando a su plantilla las pagas extraordinarias por maternidad,
paternidad, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia
Audiencia de un menor de nueve meses aunque constituya una condición Sentencia
Nacional económica más beneficiosa en el contrato de trabajo que para el resto 179/2018
de plantilla en activo. La Audiencia Nacional considera que se trata
de un derecho adquirido que supone un incentivo a la conciliación de
la vida laboral y personal.
Un centro comercial es condenado a cesar en su conducta
discriminatoria en el aspecto salarial, a reconocer a las trabajadoras el
Tribunal derecho a percibir, como mínimo, un complemento personal igual que
Supremo el de los trabajadores hombres y a abonar a cada una de ellas una Auto 2191/2013
indemnización por las diferencias existentes entre su complemento y el
percibido como promedio por los trabajadores hombres.
La práctica empresarial de un centro comercial consistía en que
los ascensos a los grupos superiores de mandos se llevaban a cabo
mediante criterios subjetivos, por factores interpretados por los jefes
inmediatos o directamente por parte de la dirección de la empresa. La
Tribunal representación legal de trabajadores y trabajadoras no participaba Sentencia
Supremo en ningún momento en la selección y desconocían los criterios concretos 133/2010
por los que se elegía a un trabajador y no a otro y la plantilla no
podía solicitar su ascenso o promoción. Todo ello ha sido considerado
por el Alto Tribunal como una discriminación directa en el sistema de
promoción profesional para las mujeres de la empresa.
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