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Artículo 7. Duración del periodo de prueba
                     Una  duración  máxima  de  seis  meses,  excepto  si  una  duración  superior
                     está justificada por la naturaleza del empleo, como un puesto de gestión,
                     o es en interés del trabajador o trabajadora, por ejemplo una ampliación
                     a raíz de una enfermedad de larga duración.



             Artículo 8. Empleo en paralelo
                     No  se  podrá  prohibir  a  ningún  trabajador  o  trabajadora  aceptar  otro
                     empleo  (las  llamadas  cláusulas  de  exclusividad  o  incompatibilidad),  a
                     menos que esté justificado por motivos legítimos, como la protección del
                     secreto empresarial o la prevención de conflictos de interés.



             Artículo 9. Previsibilidad mínima del trabajo
                     Si un trabajador o trabajadora tiene un calendario de trabajo variable en
                     el  que  es  la  empresa  y  no  la  persona  trabajadora  la  que  determina  el
                     calendario de las tareas asignadas:
                    Se debe comunicar a estas personas trabajadoras los períodos de días y
                     horas  en  los  que  se  les  puede  pedir  trabajar.  Esto  permitiría  a  los
                     trabajadores y trabajadora utilizar el tiempo que no estuviera cubierto por
                     esos días y horas disponibles para otro  empleo, para educación o para
                     cumplir  obligaciones  en  materia  de  cuidados.  Los  trabajadores  o
                     trabajadoras  pueden  acordar  trabajar  fuera  de  las  horas  y  días
                     disponibles,  pero  no  se  les  puede  obligar,  y  no  pueden  ser  objeto  de
                     perjuicio si rechazan hacerlo.
                    No  se  puede  obligar  a  las  personas  trabajadoras  a  realizar  una  tarea  si
                     reciben  un  preaviso  de  la  empresa  fuera  del  plazo  considerado
                     razonable,  establecido  de  antemano  en  la  declaración  por  escrito.
                     Pueden aceptar el plazo de preaviso, pero no se les puede obligar, y no
                     pueden ser objeto de perjuicio si rechazan hacerlo. Lo que se considera
                     un plazo de preaviso razonable puede variar entre los distintos sectores.
               Estas disposiciones no son aplicables en los casos en que la empresa fije una
               tarea  a  realizar,  pero  el  trabajador  o  trabajadora  tiene  libertad  para
               determinar el calendario para llevar a cabo la tarea.



             Artículo 10. Transición a otra forma de empleo

               Las personas trabajadoras podrán solicitar a la empresa una forma de trabajo
               que ofrezca una seguridad y una previsibilidad mayor; por ejemplo, cambiar a
               una relación laboral a  tiempo completo, una relación laboral con un mayor
               número de horas retribuidas garantizadas o con un calendario más estable.
               La  empresa  responderá  por  escrito  en  un  plazo  de  tres  meses  para  las
               personas físicas, las microempresas y las pymes, y de un mes para las empresas
               de mayor tamaño, Además, la respuesta a peticiones subsiguientes cuando se

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