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Artículo 7. Duración del periodo de prueba
Una duración máxima de seis meses, excepto si una duración superior
está justificada por la naturaleza del empleo, como un puesto de gestión,
o es en interés del trabajador o trabajadora, por ejemplo una ampliación
a raíz de una enfermedad de larga duración.
Artículo 8. Empleo en paralelo
No se podrá prohibir a ningún trabajador o trabajadora aceptar otro
empleo (las llamadas cláusulas de exclusividad o incompatibilidad), a
menos que esté justificado por motivos legítimos, como la protección del
secreto empresarial o la prevención de conflictos de interés.
Artículo 9. Previsibilidad mínima del trabajo
Si un trabajador o trabajadora tiene un calendario de trabajo variable en
el que es la empresa y no la persona trabajadora la que determina el
calendario de las tareas asignadas:
Se debe comunicar a estas personas trabajadoras los períodos de días y
horas en los que se les puede pedir trabajar. Esto permitiría a los
trabajadores y trabajadora utilizar el tiempo que no estuviera cubierto por
esos días y horas disponibles para otro empleo, para educación o para
cumplir obligaciones en materia de cuidados. Los trabajadores o
trabajadoras pueden acordar trabajar fuera de las horas y días
disponibles, pero no se les puede obligar, y no pueden ser objeto de
perjuicio si rechazan hacerlo.
No se puede obligar a las personas trabajadoras a realizar una tarea si
reciben un preaviso de la empresa fuera del plazo considerado
razonable, establecido de antemano en la declaración por escrito.
Pueden aceptar el plazo de preaviso, pero no se les puede obligar, y no
pueden ser objeto de perjuicio si rechazan hacerlo. Lo que se considera
un plazo de preaviso razonable puede variar entre los distintos sectores.
Estas disposiciones no son aplicables en los casos en que la empresa fije una
tarea a realizar, pero el trabajador o trabajadora tiene libertad para
determinar el calendario para llevar a cabo la tarea.
Artículo 10. Transición a otra forma de empleo
Las personas trabajadoras podrán solicitar a la empresa una forma de trabajo
que ofrezca una seguridad y una previsibilidad mayor; por ejemplo, cambiar a
una relación laboral a tiempo completo, una relación laboral con un mayor
número de horas retribuidas garantizadas o con un calendario más estable.
La empresa responderá por escrito en un plazo de tres meses para las
personas físicas, las microempresas y las pymes, y de un mes para las empresas
de mayor tamaño, Además, la respuesta a peticiones subsiguientes cuando se
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