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complementando la legislación vigente de la Unión y garantizando a todos los
trabajadores y trabajadoras un conjunto básico de derechos exigibles,
independientemente del tipo de contrato o de relación laboral. La Resolución del
Parlamento Europeo sobre las condiciones laborales y el empleo precario de julio
de 2017 pidió a la Comisión que revisase la Directiva sobre la obligación de
informar por escrito para tener en cuenta las nuevas formas de empleo. El Comité
Económico y Social Europeo y el Comité de las Regiones, en sus dictámenes sobre
el pilar, pusieron de relieve carencias en la protección de los trabajadores y
trabajadora, así como la necesidad de actuar a nivel de la UE para proporcionar
un marco para unas condiciones laborales justas y alcanzar un equilibrio entre
flexibilidad y seguridad.
Objetivo general de la Directiva:
La promoción de un empleo más seguro y previsible, a la vez que se
garantiza la capacidad de adaptación del mercado laboral y se mejoran
las condiciones de vida y trabajo
Objetivos específicos de la Directiva:
1) mejorar el acceso de los trabajadores a la información relativa a sus
condiciones laborales;
2) mejorar las condiciones de trabajo de todos los trabajadores y
trabajadoras, especialmente de los que desarrollan su actividad en el
marco de empleos no convencionales, a la vez que se mantiene el nivel en
relación con la capacidad de adaptación y con la innovación del
mercado laboral;
3) mejorar el cumplimiento de las normas relativas a las condiciones de
trabajo, mediante un control del cumplimiento reforzado; y
4) mejorar la transparencia en el mercado de trabajo, evitando, al mismo
tiempo, la imposición de cargas excesivas a las empresas de todos los
tamaños
Entre las principales modificaciones y novedades que introduce esta Propuesta
de Directiva se pueden destacar:
Artículo 3. Obligación de informar
la duración y las condiciones del período de prueba;
el derecho a formación
las disposiciones relativas a las horas extraordinarias y su remuneración, a
la luz de la sentencia del TJUE en el asunto C-350/99 Lange, que indica
que dicha información forma parte de los aspectos fundamentales de la
relación laboral sobre los cuales se debe informar al trabajador o
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