Page 23 - boletin_igualdad_empresa-46
P. 23

complementando  la  legislación  vigente  de  la  Unión  y  garantizando  a  todos  los
            trabajadores  y  trabajadoras  un  conjunto  básico  de  derechos  exigibles,
            independientemente del tipo de contrato o de relación laboral. La Resolución del
            Parlamento Europeo sobre las condiciones laborales y el empleo precario de julio
            de  2017  pidió  a  la  Comisión  que  revisase    la  Directiva  sobre  la  obligación  de

            informar por escrito para tener en cuenta las nuevas formas de empleo. El Comité
            Económico y Social Europeo y el Comité de las Regiones, en sus dictámenes sobre
            el  pilar,  pusieron  de  relieve  carencias  en  la  protección  de  los  trabajadores  y
            trabajadora, así como la necesidad de actuar a nivel de la UE para proporcionar
            un  marco  para  unas  condiciones  laborales  justas  y  alcanzar  un  equilibrio  entre
            flexibilidad y seguridad.



              Objetivo general de la Directiva:

                   La  promoción  de  un  empleo  más  seguro  y  previsible,  a  la  vez  que  se
                   garantiza la capacidad de adaptación del mercado laboral y se mejoran
                   las condiciones de vida y trabajo



             Objetivos específicos de la Directiva:

               1)  mejorar  el  acceso  de  los  trabajadores  a  la  información  relativa  a  sus
                   condiciones laborales;
               2)  mejorar  las  condiciones  de  trabajo  de  todos  los  trabajadores  y
                   trabajadoras,  especialmente  de  los  que  desarrollan  su  actividad  en  el
                   marco de empleos no convencionales, a la vez que se mantiene el nivel en
                   relación  con  la  capacidad  de  adaptación  y  con  la  innovación  del
                   mercado laboral;
               3)  mejorar  el  cumplimiento  de  las  normas  relativas  a  las  condiciones  de
                   trabajo, mediante un control del cumplimiento reforzado; y
               4)  mejorar  la  transparencia  en  el  mercado  de  trabajo,  evitando,  al  mismo
                   tiempo,  la  imposición  de  cargas  excesivas  a  las  empresas  de  todos  los
                   tamaños


            Entre  las  principales  modificaciones  y  novedades  que  introduce  esta  Propuesta
            de Directiva se pueden destacar:



             Artículo 3. Obligación de informar
                    la duración y las condiciones del período de prueba;
                    el derecho a formación
                    las disposiciones relativas a las horas extraordinarias y su remuneración, a
                     la luz de la sentencia del TJUE en el asunto  C-350/99 Lange, que indica
                     que dicha información forma parte de los aspectos fundamentales de la
                     relación  laboral  sobre  los  cuales  se  debe  informar  al  trabajador  o


                                                                                                          22
   18   19   20   21   22   23   24   25   26   27   28