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trabajadoras que se quejen del incumplimiento de una disposición
nacional adoptada con arreglo a esta Directiva una protección judicial
adecuada contra cualquier trato o consecuencia desfavorable por parte
de la persona empleadora, que impida que se aplique de manera
efectiva el principio de igualdad de trato.
Artículo 15. Organismos de fomento de la igualdad
Establece que los organismos de fomento de la igualdad deben ser
competentes en los ámbitos cubiertos por la Directiva.
Artículo 16. Nivel de protección
Preserva los derechos existentes concedidos con arreglo a las Directivas
europeas vigentes en materia de igualdad de género, y se basa en ellas
para mejorar los derechos, tanto para hombres como para mujeres.
Artículo 18. Informes y revisión
Establece la obligación de los Estados miembros de comunicar a la
Comisión la información relativa a la aplicación de la presente Directiva, y
de la Comisión de informar al colegislador al respecto y, si lo considera
necesario, de hacer propuestas para revisar y actualizar la Directiva.
Actualmente, la propuesta se encuentra en tramitación y está pendiente de
aprobación por parte del Parlamento y del Consejo Europeos.
Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa
a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión
Europea
La propuesta aborda dos retos interrelacionados. En primer lugar, la evaluación
de la Directiva 91/533/CEE llevada a cabo en el marco del programa de la
Comisión sobre adecuación y eficacia de la reglamentación (REFIT) identificó
deficiencias en los ámbitos de aplicación personal y material de la Directiva y
apuntó cómo mejorar su eficacia. En segundo lugar, la consulta pública sobre el
pilar europeo de derechos sociales puso de relieve las divergencias entre el
actual acervo social de la Unión Europea y la reciente evolución del mercado de
trabajo. Este punto se puso también de relieve en la Resolución del Parlamento
Europeo que pidió ampliar las normas mínimas existentes a los nuevos tipos de
relaciones laborales, mejorar la aplicación de la legislación de la Unión, ampliar la
seguridad jurídica en todo el mercado interior y evitar la discriminación
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