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su amante, era desterrado por un breve periodo de tiempo. Si ella mataba a su marido,
            el delito era parricidio y estaba penado con cadena perpetua. En el ámbito laboral, el
            Fuero del Trabajo (1938) “libera” a la mujer casada del trabajo “en el taller y la fábrica”
            y  la  mayor  parte  de  la  normativa  laboral  contenía  la  condición  de  que  las  mujeres
            abandonasen el trabajo al casarse. Además, se prohibió que las mujeres ejercieran una

            serie  de profesionales como abogada  del  Estado,  notaria,  diplomática,  inspectora de
            hacienda o registradora. Además, desde 1957 las mujeres tenían prohibido trabajar en
            mataderos,  canteras,  metalurgia,  industrias  químicas,  en  la  construcción  y  en  la
            minería.


            A partir de finales de los años 50 y comienzos de los 60 se producen algunas reformas
                                                              legislativas que mejoran en cierta medida

                                                              la situación jurídica de las mujeres, como
                                                              la  reforma  del  Código  Civil  de  1958  que
                                                              permitió  a  las  mujeres  ser  testigo  en  los
                                                              testamentos  y  albacea  testamentaria,  así
                                                              como  ocupar  cargos  tutelares,  con  la
                                                              autorización del marido. En 1961,  la  Ley

                                                              sobre  derechos  políticos,  profesionales  y
                                                              del trabajo de la mujer prohibió todo tipo
                                                              de  discriminación  laboral  en  función  del
                                                              sexo  y  de  manera  expresa  la  salarial  y

            eliminó  la  excedencia  forzosa  por  razón  de  matrimonio,  aunque  se  mantuvo  la
            exigencia de la autorización del marido para que la mujer pudiera trabajar.


            A partir de 1975 empieza en España un lento proceso democrático, donde las mujeres
            encuentran un clima más favorable para expresarse públicamente. Este clima permite,
            que las mujeres que ya se habían organizado anteriormente, clandestinamente o no,
            salgan a la calle y se movilicen. En este año fue cuando la ONU había declarado Año
            Internacional  de  la  Mujer  y  las  feministas  españolas  lo  aprovecharon  para  hacerse
            visibles y poner de manifiesto sus demandas.


            La Constitución de 1978 representó un avance en el reconocimiento de los derechos

            para  el  conjunto de la  sociedad española.  Con la Constitución  de 1978 se  abrió una
            puerta  para  que  la  legislación  española  garantizara  el  mismo  trato  a  mujeres  y  a
            hombres. Así se recoge en su Artículo 14 el principio de igualdad formal: “Los españoles
            son  iguales ante la Ley, sin  que pueda  prevalecer discriminación  alguna  por  razón de

            nacimiento, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o
            social" y en el Artículo 9.2 donde se insta a los poderes públicos a diseñar y poner en
            marcha las medidas necesarias para que la igualdad entre mujeres y hombres sea una
            realidad:  "Corresponde  a  los  poderes  públicos  promover  las  condiciones  para  que  la


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